Tratado para la Creación del Consejo Sudamericano del Deporte \"CONSUDE\".
Fecha | 14 Diciembre 2004 |
Número de Iniciativa | 3743-10 |
Fecha de registro | 14 Diciembre 2004 |
Etapa | Tramitación terminada Retirado |
Materia | CONGRESO SUDAMERICANO DEL DEPORTE |
Tipo de proyecto | Proyecto de ley |
Cámara Legislativa de Origen | Cámara de Diputados,Mensaje |
MENSAJE DE S.E. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CON EL QUE INICIA UN PROYECTO DE ACUERDO QUE APRUEBA el TRATADO PARA LA CREACIÓN DEL CONSEJO SUDAMERICANO DEL DEPORTE “CONSUDE”, ADOPTADO EN BELEM DE PARÁ, el 4 de mayo de 2002.
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SANTIAGO, octubre 13 de 2004
M E N S A J E Nº 15-352/
Honorable Cámara de Diputados:
A S.E. LA
PRESIDENTA
DE LA H.
CÁMARA DE
DIPUTADOS.
Tengo el honor de someter a vuestra consideración el Tratado para la Creación del Consejo Sudamericano del Deporte “CONSUDE”, adoptado en Belém do Pará, el 4 de mayo de 2002, por la República de Chile, la República de Argentina, la República de Bolivia, la República Federativa del Brasil, la República de Colombia, la República de Ecuador, la República de Perú, la República Oriental del Uruguay y la República Bolivariana de Venezuela. I.Antecedentes.El presente tratado fue adoptado luego de varias reuniones celebradas entre los años 1991 y 2001, por representantes de los Estados signatarios, en las que se estudiaron todos los aspectos relacionados con las funciones y actividades que debía tener esta organización intergubernamental y con su estructura interna, para el efecto de obtener el mejor nivel de desarrollo y rendimiento del deporte en el ámbito sudamericano.
En este aspecto, debe resaltarse el hecho de que se realizaron en el lapso indicado los Juegos Estudiantiles Sudamericanos, en Lima, en el año 2001, los que constituyeron un evento deportivo de gran importancia.
II.contenido del tratado.Este instrumento internacional consta de un Preámbulo y de XXI Artículos Permanentes, cuyo contenido esencial es el siguiente.
- Creación del "CONSUDE".
El Artículo I da cuenta de la creación del Consejo Sudamericano del Deporte, CONSUDE, como organización intergubernamental cuyos principales objetivos son la promoción, fomento e impulso de las acciones que tiendan a perfeccionar la legislación, organización, políticas y programas de difusión, desarrollo y protección de la actividad física y del deporte, en coordinación con los organismo estatales de deportes de los Estados Miembros y con los correspondientes organismos internacionales del deporte.
Al respecto, debe señalarse que el CONSUDE, como organización intergubernamental, constituye un sujeto de Derecho Internacional que será regido por las normas propias de dicho Derecho.
Además, es necesario precisar que este precepto establece que el texto del Tratado comprende los Estatutos del CONSUDE, lo cual confirma en varias de sus disposiciones.
- Personalidad jurídica.
El Artículo II otorga personalidad jurídica al CONSUDE, así como capacidad para celebrar toda clase de actos y contratos e intervenir en toda acción judicial y administrativa en defensa de sus intereses.
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