Transportes Nazka Limitada - 2 de Febrero de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 856715095

Transportes Nazka Limitada

Fecha de publicación02 Febrero 2021
Número de registroCVE-1888904
SecciónPublicaciones Judiciales
Número de Gaceta42.870
CVE 1888904 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública III
SECCIÓN
JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES. VARIAS
Núm. 42.870 | Martes 2 de Febrero de 2021 | Página 1 de 1
Publicaciones Judiciales
CVE 1888904
NOTIFICACIÓN
Quiebra de Transportes Nazka Limitada, Rol N° C-12.267-2013, 11° Juzgado Civil de
Santiago, Síndico Carlos Parada Abate, se cite a una Junta extraordinaria de acreedores, de
conformidad a lo que establece el Art. 118 del Libro IV del Código de Comercio, la que se
realizará mediante videoconferencia bajo la plataforma Zoom, con el objeto de tratar materias
relativas a: acordar la forma de enajenación del inmueble incautado en calle San Antonio número
diecinueve, oficina número mil ochocientos tres, comuna de Santiago, que se encuentra inscrito a
fojas 7096 N° 11450 año 2008 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de
Santiago. Rol de contribuciones número 00023-00325, para lo cual propongo que esta se cite
para el séptimo día corrido desde la publicación en el Diario Oficial, a las 12:00 horas, en las
Oficinas del Síndico ubicadas en calle Francisco de Aguirre Nº 3720, Oficina 42, comuna de
Vitacura, Providencia, Santiago, diecinueve de enero de dos mil veintiuno A la presentación de
fecha 15 de enero de 2021 ingresada por O.J.V. por el Síndico Titular: A lo principal: Como se
pide, cítese a junta de acreedores en los términos expuestos y para los fines solicitados. Al primer
otrosí Como se pide, se autoriza la realización de la junta respectiva mediante videoconferencia a
través de la plataforma Zoom, siendo carga del Síndico realizar las gestiones pertinentes, para la
realización efectiva de la junta con la debida antelación.

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