TRANSPORTES MULTICERRILLOS LIMITADA
Número de registro | CVE-2349156 |
Fecha de publicación | 24 Julio 2023 |
Sección | Empresas y Cooperativas |
Número de Gaceta | 43.609 |
CVE 2349156 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.609 | Lunes 24 de Julio de 2023 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 2349156
EXTRACTO
Soledad Andrea Farr Tapia, abogada, notaria suplente del titular Orlando Esteban Cerda
Silva de la notaría de Pudahuel-Santiago, San Pablo 6070, Lo Prado, CERTIFICA: Por escritura
pública de 23 de junio de 2023, ante mi: PEDRO ANTONIO GAJARDO PASTEN, chileno,
empresario, casado separado de bienes, cédula nacional de identidad N°4.039.608-K, doña
GRACIELA DEL CARMEN MUÑOZ BASTÍAS, chilena, empresaria, casada separada de
bienes, cédula nacional de identidad N°6.396.896-K y MARÍA CRISTINA GAJARDO
MUÑOZ, chilena, empresaria, casada y separada de bienes, cédula nacional de identidad
N°12.072.380-6, domiciliados en la ciudad de Santiago, comuna de Cerrillos, Avenida Lo
Errazuriz N°126; modifican la sociedad de responsabilidad limitada “TRANSPORTES
MULTICERRILLOS LIMITADA”, inscrita en el Registro de Comercio de SANTIAGO, a fojas
52305 número 36253 del año 2009, en los siguientes términos: el socio PEDRO ANTONIO
GAJARDO PASTEN, transfiere el 34 % que posee del capital, esto es el 100% de sus derechos
sociales, equivalentes a tres millones cuatrocientos mil pesos a las socias GRACIELA DEL
CARMEN MUÑOZ BASTÍAS un 16% y a la socia doña MARÍA CRISTINA GAJARDO
MUÑOZ un 18%, siendo el precio de la cesión tres millones cuatrocientos mil pesos, que las
cesionarias aceptan y pagan en proporción de los porcentajes cedidos anteriormente señalados.
Quedando las participaciones sociales del modo siguiente: a) doña MARÍA CRISTINA
GAJARDO MUÑOZ con un 51% del capital y propiedad de la sociedad y b) doña GRACIELA
DEL CARMEN MUÑOZ BASTÍAS con el 49% restante del capital y propiedad de la sociedad.
Por este acto, entre el socio que se retira y la presente sociedad se dan el más amplio y completo
finiquito, declarando que nada se adeudan por ningún concepto, y renunciando a cualquier acción
o derecho a que pudiere haber lugar. Se modifica la cláusula OCTAVO de los estatutos sociales
quedando la primera parte de la siguiente manera “La administración, representación, uso de la
razón social y del nombre de fantasía corresponderán a la socia doña MARÍA CRISTINA
GAJARDO MUÑOZ.” En consecuencia, tendrá todas y cada una de las facultades de la cláusula
OCTAVA, del pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En todo lo no
modificado rigen las estipulaciones del pacto social. Por ausencia del notario suplente autoriza
Notario Titular artíuclo 402 del Código Órganico de Tribunales. Santiago a 17 de julio de 2023.
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