Transportes Generales Compañía Limitada - 15 de Julio de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 871037984

Transportes Generales Compañía Limitada

Fecha de publicación15 Julio 2021
Número de registroCVE-1970776
SecciónPublicaciones Judiciales
Número de Gaceta43.003
CVE 1970776 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública III
SECCIÓN
JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES. VARIAS
Núm. 43.003 | Jueves 15 de Julio de 2021 | Página 1 de 1
Publicaciones Judiciales
CVE 1970776
NOTIFICACIÓN
Juzgado de Letras de Colina RIT O-525-2019 RUC 19-4-0208389-4. Por resolución de
fecha dieciocho de junio de dos mil veintiuno, se ha ordenado notificar por avisos a la
demandada Transportes Generales Compañia Limitada la siguiente resolución. Colina, dieciocho
de junio de dos mil veintiuno. Vistos: Como se pide, cítese a una nueva audiencia de juicio para
el día 12 de octubre de 2021, a las 09:00 horas, se realizará por videoconferencia, cuyo enlace o
link de acceso es el siguiente: https://zoom.us/j/98144896508?pwd =
aGo3ZHhsL0dxMjVhZDBSNjFWVzNaQT09 ID de reunión: 981 4489 6508 Código de acceso:
658376. La audiencia se realizará con las partes que asistan, afectándole a aquella que no
concurra todas las resoluciones que se dicten en ella, sin necesidad de ulterior notificación y, en
caso de comparecer a través de mandatario, éste deberá estar expresamente revestido de la
facultad de transigir, sin perjuicio de la asistencia obligatoria de sus abogados. Cualquier
interviniente que deba comparecer presencialmente al Tribunal y que presente síntomas de
COVID-19 o deba hacer cuarentena, deberá informarlo previo a la realización de la audiencia, a
fin de que el Tribunal resuelva lo que en derecho corresponda. En caso de haber prueba
testimonial, confesional y pericial, los testigos, confesantes y peritos deberán comparecer a
prestar su declaración personalmente a las dependencias del Tribunal, ubicadas en Av.
Interprovincial N° 130, Esquina Carretera General San Martín, Colina, siendo de cargo de cada
parte la comparecencia de ellos. En la comparecencia y declaración en el tribunal se observarán
las siguientes normas básicas: Los testigos, absolvente y perito deberán presentarse al Tribunal
con una antelación de 30 minutos a la hora que fueron citados y se permitirá el acceso sólo de
aquellos que consten en las nóminas respectivas, debiendo exhibir el correspondiente documento
de identificación, sin acompañantes, salvo que alguno de ellos requiera de asistencia. Al ingreso,
se verificará la temperatura y proporcionará elementos de seguridad para ser utilizados, en forma
obligatoria, durante su permanencia en el Tribunal. En todo momento, los testigos deberán
cumplir con medidas de seguridad básicas obligatorias (uso de mascarillas, alcohol gel,
distanciamiento social), permanecer en los lugares indicados y seguir estrictamente las
indicaciones que los funcionarios encargados le hagan saber. Cumplida que sea la diligencia
personal, deberán retirarse del Tribunal de inmediato. En cuanto a la prueba documental, se
reitera a las partes que esta debe estar digitalizada en formato PDF al menos con 5 días de
anticipación al día de la realización de la audiencia indicada. Teniendo presente el estado de
cuarentena decretada por la Autoridad Sanitaria para la Región Metropolitana, se autoriza a las
partes para que la prueba confesional, testimonial y peritos que deseen rendir se lleve a efecto
desde los respectivos domicilios de los declarantes siendo de cargo de cada parte la
comparecencia de ellos, liberando a los mismos de la obligación de asistir al Tribunal. Lo
anterior es únicamente mientras la Región Metropolitana permanezca en cuarentena sanitaria.
Notifíquese a la parte demandante por correo electrónico y a la demandada mediante
publicación, debidamente firmada por el Jefe de Unidad del Tribunal, en el diario oficial, con a
lo menos 5 días de anticipación a la fecha indicada, a costas de la parte demandante, quién
deberá dar cuenta de dicha notificación al Tribunal. Proveyó don(a) Cristian Rodrigo Marchant
Lillo, Juez Titular del Juzgado de Letras de Colina. En Colina a dieciocho de junio de dos mil
veintiuno, se notificó por el estado diario la resolución precedente.

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