TRANSPORTES GALLARDO GONZALEZ SpA - 12 de Octubre de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 876730001

TRANSPORTES GALLARDO GONZALEZ SpA

Número de registroCVE-2024391
Fecha de publicación12 Octubre 2021
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.075
CVE 2024391 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.075 | Martes 12 de Octubre de 2021 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 2024391
EXTRACTO
ROBERTO FERNANDO PUGA PINO, Abogado, Notario Suplente de don FRANCISCO
JAVIER LEIVA CARVAJAL, Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con oficio en
Amunátegui N° 73, Certifico: con fecha 29 de septiembre de 2021, ante mi, la compareciente
ELISA MARCELA PAZ GALLARDO GONZÁLEZ, chilena, soltera, factor de comercio,
cédula nacional de identidad N° 17.708.575-8, domiciliada en Avenida Lo Campino 235,
comuna Quilicura, Santiago, Región Metropolitana, constituyó Sociedad por Acciones.
NOMBRE: será “TRANSPORTES GALLARDO GONZALEZ SpA” y llevará por nombre de
fantasía, “TRANSGALLARDO SpA”. DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio de las agencias,
representaciones o sucursales que el Directorio acuerde establecer en otras ciudades de la
República y/o en el extranjero. DURACIÓN: Indefinida.- OBJETO: El objeto social será: El
objeto social será: A) el transporte de personal , carga, mercaderías y toda clase de bienes
muebles en cualquier tipo de vehículos propios, tomados en arrendamiento y/o leasing o
encomendados a terceros y el transporte de pasajeros, público o privado y en cualquier forma,
sea interprovincial, urbano rural o privado, tanto en Chile como en el extranjero; la
representación empresas extranjeras o nacionales de transporte y embalaje, importar, exportar, y
comercializar en el país o en el extranjero toda clase de productos para el transporte, sean
repuestos, compra de móviles nuevos o usados; comprar, vender, fabricar artículos, componentes
partes y piezas relacionados, a cualquier tipo, arrendar, distribuir y comerciar, por cuenta propia
o de terceros, todo tipo de equipos, instrumentos, instalaciones, motores u otros elementos afines,
realizando todos los actos necesarios para cumplir con el giro social, y cualquiera otra
relacionado al flete, transporte, y/o traslado de bienes y mercaderías, incluyendo gestiones
portuarias y aduaneras, en su caso, y todo objeto o negocio que los socios acuerden en el futuro,
la prestación de servicios para cualquier sector de la economía, sea a manera ejemplar, la
industria minera, agrícola, forestal, alimenticia, retail, portuaria y el arriendo de maquinarias
pesadas y movimiento de tierras . B) Además, la inversión en bienes muebles e inmuebles,
corporales o incorporales, teles como acciones o bonos y en general invertir en cualquier clase de
valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, pudiendo adquirirlos o enajenarlos,
administrarlos y percibir sus frutos. C) La representación de marcas, licencias, royalties y la
explotación de unas y otras. Sin perjuicio de lo anterior, la sociedad podrá tener cualquier otro
objeto que estime conveniente y acuerde al efecto, sean éstos relacionados o no con los objetos
aquí descritos. CAPITAL: capital de la Sociedad: “TRANSPORTES GALLARDO GONZÁLEZ
SpA” asciende a la suma de $10.000.000.-, el cual queda dividido en 1.000 acciones, sin valor
nominal, todas de una misma y única serie, las cuales son suscritas en este acto de la siguiente
manera: ELISA MARCELA PAZ GALLARDO GONZÁLEZ, suscribe la cantidad de 1.000
acciones que equivalen al 100% del total de las acciones de la sociedad, y paga 100 acciones con
$1.000.000.- y en dinero efectivo ya ingresados a caja social, el saldo lo hará en el término de
tres años a contar de la fecha de este instrumento. Demás estipulaciones constan en escritura
extractada. Santiago, 06 de octubre de 2021.

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