Causa nº 240/2009 (Casación). Resolución nº 5392 de Corte Suprema, Sala de Verano de 26 de Febrero de 2009 - Jurisprudencia - VLEX 55505250

Causa nº 240/2009 (Casación). Resolución nº 5392 de Corte Suprema, Sala de Verano de 26 de Febrero de 2009

Fecha de Resolución26 de Febrero de 2009
MovimientoACOGIDA CASACIÓN FONDO, ANULADA SENTENCIA DE
Rol de Ingreso240/2009
EmisorSala de Verano

Santiago, veintiséis de febrero de dos mil nueve.

VISTOS:

En autos N° 849-07, rol del Primer Juzgado del Trabajo de Santiago, la empresa Transportes Cometa S.A., representada por el abogado Dagoberto Paredes Maldonado, reclama en contra de la resolución N° 169, de treinta de julio de dos mil siete, emitida por la Inspección Provincial del Trabajo de Santiago Poniente, mediante la cual se acoge parcialmente la solicitud de reconsideración de multas administrativas impuestas en virtud de la resolución N° 13.11/7732/07/053-1 y 2, por no llevar correctamente el registro de asistencia y de horas trabajadas y no exhibir toda la documentación laboral necesaria para realizar la fiscalización, a fin que se deje sin efecto dicha resolución o se decida lo que el tribunal estime en derecho, con costas.

La reclamada, al evacuar el traslado conferido, solicitó se deniegue el libelo, argumentando que se verificaron personalmente los quebrantamientos por los cuales se cursaron multas en su oportunidad y que el reclamante acreditó el cumplimiento posterior sólo en relación a una de las multas y sobre la otra, reconoció que sus anotaciones de asistencia presentaban deficiencias que le impedían entregar los reportes o registros que habían realizado sus trabajadores.

En pronunciamiento de dieciséis de octubre de dos mil ocho, escrito de fojas 94 a 106, el tribunal de primer grado desechó la reclamación íntegramente, con costas.

Se alzó la reclamante y una de las salas de la Corte de Apelaciones de Santiago, por veredicto de veintisiete de noviembre del año pasado, que se lee a fojas 127, declaró inadmisible el recurso de apelación interpuesto.

En contra de esta decisión, la compareciente entabló recurso de casación en el fondo, -erró neamente titulado como forma-, a fin que se la invalide y se dicte la de reemplazo que indica, como consta de fojas 128 a 137.

Se trajeron los autos en relación a fojas 141 y 143.

CONSIDERANDO:

PRIMERO

Que la reclamante sustenta el recurso de casación en el fondo que deduce en la contravención de los artículos 474, 481 y 463 del Código del Trabajo.

Luego de reproducir el mencionado artículo 474, explica que en esa norma se inserta la posibilidad de reclamar, vía judicial, de una multa administrativa, previa consignación directamente en los tribunales laborales y agrega que una vez que se encuentre ejecutoriada la resolución, o sea, que no existan recursos pendientes, se procederá de oficio al cumplimiento del fallo. Sostiene que este procedimiento es distinto del consagrado en el artículo 481 del Código del Trabajo, en el cual se reclama directamente ante la autoridad administrativa y de su edicto se apela como única instancia al tribunal laboral.

Enseguida, el recurrente asegura que en el dictamen atacado se vulnera el artículo 481 del Código del Trabajo, el que transcribe parcialmente y también el artículo 482, señala que en este tipo de reclamación, ésta se hace en única instancia ante el juzgado del trabajo, en cuyo caso la apelación no procede, por cuanto se ha ejercido ya ese derecho. Concluye que existen dos formas de reclamo contra una multa administrativa, una contemplada en el artículo 474 del Código del Trabajo, previa consignación, en la que procede el recurso de apelación, y que es la situación sub lite y, la otra, contenida en el artículo 481, donde la primera instancia es el Director Nacional del Trabajo y se reclama en única instancia ante el juzgado laboral.

A continuación, el oponente asevera...

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