TRANSPORTE DE CARGA RICARDO ZENEN JAIÑA QUIROGA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA 76.177.291-0 - 24 de Octubre de 2020 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 874798887

TRANSPORTE DE CARGA RICARDO ZENEN JAIÑA QUIROGA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA 76.177.291-0

Fecha de publicación24 Octubre 2020
Número de registroCVE-1836093
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta42.788
CVE 1836093 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 42.788 | Sábado 24 de Octubre de 2020 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 1836093
EXTRACTO
NESTOR ARAYA BLAZINA, Notario Público Iquique, Serrano 386, CERTIFICO: Por
escritura hoy ante mí: Don RICARDO ZENÉN JAIÑA QUIROGA chileno, soltero, empresario,
domiciliado en calle Bulnes N° 1892, comuna de Iquique, Sanea conforme Ley Nº 19.499,
escritura otorgada en la Notaría de Iquique de don CARLOS ERNESTO VILA MOLINA el 27
de Octubre de 2011, Repertorio 4695, de constitución de “TRANSPORTE DE CARGA
RICARDO ZENEN JAIÑA QUIROGA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA”, nombre de fantasía “TRANSPORTES RICARDO JAIÑA E.I.R.L.”, inscrita en
extracto a fs.1808 N° 1728 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de
Iquique del mismo año, vicio consistente en la falta de cumplimiento o cumplimiento imperfecto
de la menciones que la Ley 19.857 ordena, en este caso la edad del constituyente, quien a la
fecha de constitución de la referida empresa individual de responsabilidad limitada tenía 46 años
de edad, y en lo referente a la actividad económica que constituirá el objeto y giro de la empresa
y el ramo o rubro específico en que dentro de ella se desempeñará, modificando el numeral
TERCERO del estatuto empresarial, quedando en definitiva del siguiente tenor: “TERCERO: El
giro de la empresa será la prestación de servicios de transporte de carga, a empresas públicas o
privadas y a particulares, tanto en el medio nacional como internacional, por cuenta propia o
ajena, en vehículos propios o de terceros, así como la prestación de servicios de embarque y
desembarque de toda clase de mercaderías, porteo y fletes. Para el cumplimiento de su objeto la
empresa podrá realizar todos los actos, contratos y negociaciones que tiendan a la consecución de
éste o que se relacionen con sus fines”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Iquique, 30
de Septiembre de 2020.

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