Decreto 221 - OTORGA CONCESION DE SERVICIO PUBLICO DE TRANSMISION DE DATOS A JUSTICE TELECOM CHILE COMPAÑIA LOCAL S.A. - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 243703578

Decreto 221 - OTORGA CONCESION DE SERVICIO PUBLICO DE TRANSMISION DE DATOS A JUSTICE TELECOM CHILE COMPAÑIA LOCAL S.A.

EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

OTORGA CONCESION DE SERVICIO PUBLICO DE TRANSMISION DE DATOS A JUSTICE TELECOM CHILE COMPAÑIA LOCAL S.A.

Santiago, 12 de mayo de 2000.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 221.- Vistos:

  1. El decreto ley Nº 1.762 de 1977.

  2. La ley Nº 18.168 de 1982, Ley General de Telecomunicaciones.

  3. El artículo 1º de la ley Nº 16.436 de 1966.

  4. El Nº 1 del artículo 3º del párrafo III de la resolución Nº 55 de 1992, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por la resolución Nº 520, de 1996, ambas de la Contraloría General de la República.

Considerando: Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 33.639 del 22.10.99,

D e c r e t o:

  1. Otórgase concesión de Servicio Público de Transmisión de Datos a la empresa Justice Telecom Chile Compañía Local S.A., RUT Nº 96.894.650-1, con domicilio en Nueva Tajamar 481 - Torre Sur, oficina 1002, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.

  2. Autorízase a la concesionaria para:

    2.1.- Instalar, operar y explotar una red de transmisión de datos, cuya zona de servicio será el territorio nacional.

    2.2.- Instalar, operar y explotar un nodo de banda ancha, el que estará ubicado en Nueva Tajamar Nº 481 - Torre Norte Bodega 301, comuna de Las Condes, Región Metropolitana.

    2.3.- Este servicio se prestará mediante equipos del tipo DSL, instalados en el local o residencia del usuario, en dependencias de terceros y en el nodo de banda ancha de la concesionaria, asimismo los medios de transmisión y conmutación de paquetes de datos podrán ser provistos por medios propios o de terceros debidamente autorizados.

  3. Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentado por la concesionaria, en lo relacionado con los sistemas y equipos de telecomunicaciones autorizados en el presente decreto, conforme a las disposiciones técnico legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante...

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