Resolucion núm. 1124, el 23 de Enero de 2007. MODIFICA Y AUTORIZA TRANSFERENCIA DE CONCESION DE ACUICULTURA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL |
Rango de Ley | Resolución |
MODIFICA Y AUTORIZA TRANSFERENCIA DE CONCESION DE ACUICULTURA
Mediante resolución (M) 1.124, de fecha 17 de noviembre de 2006, Subsecretaría de Marina, Ministerio de Defensa Nacional, se resolvió lo siguiente:
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Modifícase la resolución (M) 1.970, de fecha 30 de diciembre de 1996, de la siguiente forma:
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- Reemplázase íntegramente el párrafo 1.- de la parte resolutiva, por el siguiente:
"1.- Otórgase al Sr. Ricardo Rodríguez Wood, chileno, R.U.T. Nº 6.473.442-3, con domicilio en Panamericana Sur s/nº, Casilla Nº 252, Castro, Concesión de Acuicultura de Porción de Agua y Fondo de Mar, ubicada en Canal Quicavi, al sur de Punta Huechuque, comuna de Quemchi, provincia de Chiloé, X Región de Los Lagos individualizada en la ubicación señalada en los planos Nºs. 448/2006-A y 449/2006-A, ambos visados por la Autoridad Marítima de Quemchi.".
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- Reemplázase íntegramente el párrafo 2.- de la parte resolutiva, por el siguiente:
"2.- El sector tiene una superficie total de 11,25 hectáreas y está delimitado por las siguientes coordenadas geográficas:
Referidas Carta SHOA Nº 7390, 1ª edición, año 1999 (Datum WGS-84)
Vértice A Lat. 42°17'40,31" S. Long. 73°21'12,67" W.
Vértice B Lat. 42°17'40,36" S. Long. 73°21'19,69" W.
Vértice C Lat. 42°17'30,17" S. Long. 73°21'19,95" W.
Vértice D Lat. 42°17'29,49" S. Long. 73°21'07,11" W.
Vértice E Lat. 42°17'22,55" S. Long. 73°21'07,29" W.
Vértice F Lat. 42°17'22,44" S. Long. 73°20'59,68" W.
Vértice G Lat. 42°17'31,98" S. Long. 73°20'59,43" W.
Vértice H Lat. 42°17'32,18" S. Long. 73°21'13,02" W."
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- Reemplázase íntegramente el numeral 4.- de la parte resolutiva, por el siguiente:
"4.- El concesionario deberá dar cabal cumplimiento al Proyecto Técnico y Cronograma de Actividades, aprobado por resolución Nº 696, de fecha 12 de abril de 1996, modificada por resolución exenta Nº 1.614, de fecha 15 de junio de 2006, ambas del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, Subsecretaría de Pesca.".
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- Reemplázase íntegramente el numeral 9.- de la parte resolutiva, por el siguiente:
"9.- El concesionario pagará anualmente 22,5 Unidades Tributarias Mensuales, por concepto de Patente Unica de Acuicultura, por las 11,25 Hás. concedidas.".
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- Reemplázase íntegramente el numeral 10.- de la parte resolutiva, por el siguiente:
"10.- La Patente Unica de Acuicultura por concepto de esta concesión se ingresará al ítem 50-01-01-07-01.".
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Autorízase al Sr. Ricardo...
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