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Título primero: Noción del delito

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TEORÍA GENERAL DEL DELITO
LA LUCHA CONTRA EL DELITO
1. En toda sociedad, grande o pequeña, acaecen hecho s con trarios al bie n
común: homicidio, hurto, tra ición. Provisionalmente, podríamos dar a estos hechos
el nombre de delitos. Su misma naturaleza, fundada en la oposición al bien común,
demuestra que la sociedad, si quier e vivir, tiene que reaccionar contra ellos. Y, a
propósito, se desarrolla , en cierta medida, una verda dera lucha, como ocurre con
las enfermedades.
La más antigua de las a rmas empleadas por el hombre en esta lucha es la pena.
Pero ¿no tenemos otra s que sirvan para el mismo fin? La respuesta afirma tiva debe
ser conside rada ya como una conquista indestructible de la ciencia; más bien de la
civilización. Entre dichas armas se habla actualmente de las medidas de seguridad. Su
utilidad, y por ello, su legitimidad, no pueden ser discutidas. Pero el campo de
batalla es más vas to, o me jor, ilim itado; el maestro, el sacer dote, el médico, el
abogado combaten al lado del juez y sus auxiliares.
Marca, sin duda, un progreso en esta lucha su extensión desde la pena a los
medios extrapenales. Que esta extensión pueda transformarse poco a poco en una
sustitución, es un punto sobre el cual es preciso no confundir la realidad con los
ideales. Si un nuevo Pasteur inventase una vacuna milagrosa contra el crimen, es
seguro que desde ese momento policía, prisiones y cad enas quedarían relegadas a
los museos, y el Derecho penal quedaría reducido a un capítulo de la histori a jurídi-
ca. No ideamos esta hipótesis por burla ni con ironía; al contrario, lo mismo que no
osaríamos excluir un milagro de la ciencia, ni siquiera en esta materi a, nos sonríe y
sostiene la fe en un lento, pero seguro progreso de las fuerzas morales, que consti-
tuyen la más eficaz defensa contra el delito. Más por hoy y por un largo mañana,
creemos que debe admitirse todavía esta verdad, q uizás un poco triste: que la lucha
contra tales formas de daño a la sociedad no se puede realizar sin la pena.
INTERVENCIÓN DEL DERECHO EN LA LUCHA CONTRA EL, CRIMEN
2. La pena, las medidas de seguridad y las otras medidas dirigidas a la elimi-
nación del delito podrían utilizarse incluso fuera del Derecho. Si nos fijamos aten-
tamente, veremos que así ocurre también actualmente en muchos a spectos. Por otra
parte, mientras mejor se forma la convicción de que la elimina ción de ciertos he-
chos es necesaria para el bien socia l, más interviene en la lucha el Derecho con sus
reglas y sus sanciones.
La más antigua forma de esta intervención es, naturalmente, la que se re fiere
a la pena, y consiste en atribuir a ciertos hombres el poder y el deber de castigar al
que comete alguno de tales actos dañosos para la vida social. Esta intervención del
Derecho determina el nacimiento del Derecho penal.

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