Título III. Impuestos especiales a las ventas y servicios - Núm. 97, Julio 2021 - Manual ejecutivo tributario - Libros y Revistas - VLEX 892863971

Título III. Impuestos especiales a las ventas y servicios

AutorXimena Pérez Brito
Páginas53-58
53
LEY SOBRE IMPUESTO A LAS VENTAS Y SERVICIOS
TÍTULO III
Impuestos especiales a las ventas y servicios
PÁRRAFO 1º
Del impuesto adicional a ciertos productos
Artículo 37.- Sin perjuicio del impuesto establecido en el Título II de esta ley, la
primera venta o importación, sea esta última habitual o no, de las especies que se
señalan en este artículo, pagará un impuesto sobre el valor determinado según el
artículo siguiente, con la tasa de 15%, con excepción de las señaladas en la letra j),
que pagarán con una tasa de 50%:
a)Artículosdeoro,platinoymarl;
b) Joyas, piedras preciosas naturales o sintéticas;
c) Pieles nas, calicadas como tales porel Servicio de Impuestos Internos,
manufacturadas o no;
d) Derogada;
e)Alfombras nas, tapices nos y cualquier otro artículo de similar naturaleza;
calicadoscomotalesporelServiciodeImpuestosInternos;
f) Derogada;
g) Derogada;
h) Suprimida;
i) Conservas de caviar y sus sucedáneos;
j)Artículosdepirotecnia,talescomofuegosarticiales,petardosysimilares,excepto
los de uso industrial, minero o agrícola o de señalización luminosa;
k) Derogada;
l) Armas de aire o gas comprimido, sus accesorios y proyectiles, con excepción de
las de caza submarina, y
m) Derogada.
Artículo 38.- El impuesto que se establece en el artículo anterior se aplicará:
a) En las ventas, sobre el valor de transferencia de las especies, y
b) En las importaciones, sobre el valor de los bienes importados, en los términos
establecidos en la letra a) del artículo 16, y deberá ser pagado por el respectivo
importador conjuntamente con el Impuesto al Valor Agregado en la forma y
oportunidad señaladas en la letra b) del artículo 9º.

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