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Tercera parte: Intervención en la estructura económica

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INTERVENCIÓN DEL ESTADO EN LA VI DA ECONÓMICA
TERCERA PARTE
INTERVENCIÓN EN LA ESTRUCTURA ECONÓMICA
LA GUERRA PARECÍA anunciar la muerte del capitalismo. Bien es cierto que la im-
plantación en Rusia de la modalidad más radical del colectivismo, o sea del régi men
comunista, no significaba la sustitución del sistema capitalista, que, a decir verdad, no
ha funcionado jamás en este paí s. Pues la revolución no fue tanto obra del proletaria-
do industrial, muy disperso y escaso, como de los soldados y campesinos. No vamos
a detener tampoco nuestra atención en las reformas agrarias de los países danubianos
y de otros pueblos, ya que solo afectaron a la propiedad campesina, pero no tuvieron
ninguna repercusión colectivista en la industria.
Fue en la Alemania vencida donde parecía co ndenado el capitalis mo, como
sistema económico, a l día siguiente d e la guerra, y en el momento mismo en que
Rusia implantaba la técnica capitalista.
Al mismo tiempo que el socialismo ocupaba el poder, la Constitución de Weimar
preveía la nacionalización de las riquezas del subsuelo. Pero ya ese primer evento
constituía una garantía para Alemania. Como ha dicho Bonn1 con mucho a cierto, el
socialismo alemán compartía con el pueblo el fanatismo del orden. «Alemania siente
un odio profundo precisamente contra aquello q ue los demás pueblos, sobre todo los
latinos y los eslavos, consideran como el esplendor g enuino de la revolución. Esto
explica por qué el Sansón revolucionario alemán (el socialismo) no ha destruido las
columnas que sostenían el templo de los filisteos; pretendía más bien conservar intac-
to el aparato d e la producción, para transferirlo poco a poco a la colectividad con un
trabajo perseverante y continuo.»
Pero si el socialismo rechaza ba la socialización, había un segundo peligro que
amenazaba el sistema capitalista germánico: la infl ación. La tendencia a refugiarse en
los valores reales incitó al capitalismo alemán a concentrar y ampliar de una manera
desmesurada el aparato de producción. Ahora bien, una fábrica sin consumidor es
como un cuerpo sin alma. «En una época capitalista, basada en la división del trabajo,
no es el productor, sino el consumidor, quien determina el valor de las instalaciones
industriales.» Lo más extraordinario es que después de haber finalizado la inflación y
de haberse estabilizado la situación, bajo el término ra cionalización—y con las cir-
cunstancias agravantes que implicaban los empré stitos exteriores—, el c apitalismo
continuó las inmovilizaciones industrial es, como si además del mercado alemán, el
del resto de Europa se hubiera convertido desde ese momento en cliente del Reich.
El tercer peligro para el capitalismo alemán es fruto de la crisis. Toda su grave-
dad se concreta en la amenaza de retirar los depósitos a la vista, ya que la contrapar-
tida se hallaba bloqueada en inmovilizaciones sin empleo. La crisis de los bancos, 2
1La destinée du capitalisme allemand, París, 1932.
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HENRY LAUFENBURGER
que siguió a la crisis de la meta lurgia, hubiera podido, también en esta ocasión,
voltear las campanas anunciando la quiebra del ca pitalismo: en 1931, el Reich contro-
la el trust metalúrgico más poderoso y, directa o indirectamente, los grandes bancos
de depósito salvados de la catástrofe.
Más tarde sube al poder, como por arte de magia, el nacional-socialismo, que
después de haber propugnado por la pluma de su doctrinario G. Feder hasta la supre-
sión del interés, y no digamos de l a ganancia, comienza a calcula r el peso de sus
responsabilidades gubernamentales y ordena que el Estado se retire de las fortalezas
que acaba de conquistar. Solo conserva los antiguos reductos: los bosques, las tierras,
las minas, las fábricas de material de guerra y un banco importante.3 Por otra parte el
Tercer Reich ha convertido la propie dad individual en el fundamento inconmovible
de su política económica .
Hasta ahora, en Inglaterra no se ha discutido el capitalismo, como no sea en el
campo de la minería. Pero la expropiación de los yacimientos hulleros en beneficio
del Estado solo se preconiza para poner fin a una situación intolerable a la larga, y que
es la resultante de la acumulación de la propiedad del subsuelo y de la superficie. 4
El socialismo labor a en Francia a partir de 193 6; pero se ha asociado, en los
cuadros del Frente Popu lar, con un partido que defien de con tesón la prop iedad
individual.
Bien es verdad que ésta ha s ido violada, sin duda de una manera temporal, por
las ocupaciones de fábricas, y ha perdido posiciones también en el sector de las indus-
trias de guerra. Pero en Fran cia, como en Ingl aterra y en Alemania, la propiedad
privada continúa siendo el principio general, y la pública la excepción.
¿Significa esto que el capitalismo conserve o recupere su libertad d e acción y de
movimientos? Nada más inexacto que esta afirmación. Aunque desde el pun to de
vista de la propiedad conserve sus derechos o los comparta en una medida limitada
con las colectividades públicas, el ejercicio de la propiedad privada se halla por el
contrario seriamente limitado en la mayor parte de los países en que todavía predo-
mina la tendencia capitalista.
En efecto, el Estado se convierte, a título esporádico, en empresario agrícola,
industrial, comercial y financiero. Después de haber administrado siempre un domi-
nio agrícola y forestal más o menos modesto, el Estado explota ahora, de una manera
temporal o definitiva, minas e instalaciones metalúrgicas. También se interesa, bien
a través de participaciones o de formas de economía mixta, en la producción y distri-
bución de corriente eléctrica y, en ocasiones, desempeña asimismo el oficio de ban-
quero.
Pero su intervención más acusada es aquella que se manifiesta en la reglamen-
tación de la profesión económica que aboca al control o a la gestión conjunta del
Estado en sectores enteros de la economía privada: agricultura, industria, bancos.
Las palabras corporación, estamento, grupo, expresan esta tendencia n ovísima.
Nos ocuparemos sucesivamente de esta doble intervención del Estado en el
aspecto de la gestión, para examinar después , en una segunda sección, esa interven-
ción en la fortuna y en los ingresos privados.
2H. LAUFENBURGER, «Crise et réorganisation bancaires en Allemagne», R. P. P., abril de 1932.
3El Reichskreditgesellschaft, sin hacer mención del Reichsbank, que aunque es un banco dirigido
por el Estado, cumple, no obstante, una misión particular. El carácter público de las H ermann-
Göring-Werke (metalurgia) refleja una situación especial. Véase, más adelante, n. 34.
4Sin embargo, en julio de 1938, el Banco de Inglaterra intervino en la reorganización del grupo
siderúrgico Richard Thomas.
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INTERVENCIÓN DEL ESTADO EN LA VI DA ECONÓMICA
SECCIÓN I
EL ESTADO EMPRESARIO
Conjuntamente con el dominio público, que sirve de base a la organización y
al funcionamiento de ciertos servicios públicos, el Estado y, en una escala todavía
más amplia, las colectividades inferiores (los municipios)—que solo nos interesan
en este estudio de un a manera accesoria—han constituido un dominio privado. Sin
parar mien tes en el dominio ag rícola y forestal, cuyos orígenes tienen una raigam-
bre histórica , el Estado explota minas, dirige industrias y participa, con la fórmula
de economía mixta, en la gestión de empresas privadas.
En la mayor parte de los casos, el Estado actúa como empresario, bien de una
manera exclusiva o en colabora ción con la iniciativa privada. Excepcionalmente, y
por lo que concierne a ciertos sectores del do minio a grícola y fo restal, confía la
explotación a otras personas mediante el sistema de arrendamiento.
Pero la intervención del Estado en la empres a industrial, comercial o bancaria
no responde siempre a una intención socializa dora. Hay que a dvertir que, si l a
socialización se ha aplicado en muchos países, y principalmente en Francia, a las
industrias de guerra, las más de las veces la constitución de empresas de Estado es
consecuencia de un acontecimiento político (dominio minero de Alsacia y del Sarre
a consecuencia de la guerra) o de una crisis económica (el Estad o ban quero en
Alemania). Es en este aspecto como ha de considerarse el dominio agrícola e indus-
trial del Estado, en cuanto enclavado en el régimen capitalista.
CAPÍTULO I
LA EMPRESA DE ESTADO BASADA EN EL DOMINIO
PRIVADO
COMO CONTRAPUESTO AL dominio público, 1 que se halla asignado a un servicio
de la misma naturaleza, o que es necesario para la s atisfacción de una necesidad
pública, el do minio privado está in tegrado por bienes mobi liarios e inmobilia-
rios que poseen las colectividades con el mismo título q ue los particulare s, cua-
lesquiera que sean las modalidades jurídicas de dicho dominio, y, desde el punto
de vista económico, tiene como misión procurar a la colectividad ingresos análo-
gos a los que las personas p rivadas obtienen de sus propiedades. El origen de
estos ingresos hay que buscarlo en el precio, concebido en un sentido económico,
y que es tá afectado, d e una manera directa o ind irecta, al pr esupuesto de la
colectividad.2 Su formación puede obedecer al mecanismo de la libre competen-
cia, como ocurre, por ejemplo, cuando el Estado vende l a madera de los bosques
pertenecientes a su dominio lo mismo que un par ticular enajena la madera del
bosque de su propie dad. Cuando el Estado re nuncia a la ex plotación direct a,
arrienda el bosque y percibe el precio de arrendamiento. Pero el dominio indus-
trial, especial mente, pued e tener su r aíz en un monopoli o, como ocu rre, por
ejemplo, cuando el Estado, propietario de una mina de hulla o de potasa, forma
parte, en virtud de ese título, de un cártel de producción o de venta. En este caso
1Primera parte.
2Presupuesto único o especial.

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