Decreto 146 - MODIFICA CONCESION DE SERVICIO PUBLICO DE TELEFONIA MOVIL DIGITAL 1900 A LA EMPRESA ENTEL TELEFONIA MOVIL S.A.
Emisor | MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES |
Rango de Ley | Decreto |
MODIFICA CONCESION DE SERVICIO PUBLICO DE TELEFONIA MOVIL DIGITAL 1900 A LA EMPRESA ENTEL TELEFONIA MOVIL S.A.
Santiago, 26 de febrero de 2007.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 146.- Vistos:
-
El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
-
La ley Nº 18.168, Ley General de
Telecomunicaciones.
-
El Nº 1 del artículo 3º del párrafo III de la resolución Nº 55 de 1992, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por la resolución Nº 520, de 1996, ambas de la Contraloría General de la República.
-
La resolución exenta Nº 1.117 de 25.10.95, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que fija la Norma Técnica para el Servicio Público de Telefonía Móvil Digital 1900.
-
El decreto supremo Nº 146, de 1997, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión, y sus modificaciones posteriores.
Considerando:
-
Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel N° 59.734, de 25.10.2006.
-
La solicitud de autorización provisoria de la codificación de la concesión indicada en la letra precedente, ingreso Subtel N° 63.130 de 14.11.2006, por cuyo intermedio la interesada expuso los fundamentos de su petición, en torno a la gravedad y urgencia que justifican acceder a ella.
-
Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de modificación de concesión,
Decreto:
Modifícase la concesión de Servicio Público de Telefonía Móvil Digital 1900, otorgada a la empresa Entel Telefonía Móvil S.A., RUT Nº 96.679.680-4, con domicilio en Av. Andrés Bello N° 2711, piso 14, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indican en los numerandos siguientes:
-
Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar cuatro (4) Estaciones Base.
VER DIARIO OFICIAL DE 03.04.2007, PÁGINA 14.
Las Estaciones, que se autorizan, se conectarán a la red existente, a través de medios propios o arrendados a terceros.
-
Los plazos serán los que se indican a continuación:
VER DIARIO OFICIAL DE 03.04.2007, PÁGINA 14.
-
Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentado por la concesionaria, en lo relacionado con los sistemas y equipos de telecomunicaciones autorizados en el presente decreto, conforme a las disposiciones técnico legales que...
-
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba