Decreto 107 EXENTO - MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL DIGITAL AVANZADO A LA EMPRESA NEXTEL S.A.
Emisor | MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES |
Rango de Ley | Decreto |
Fecha de entrada en vigor | 10 de Febrero de 2012 |
MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL DIGITAL AVANZADO A LA EMPRESA NEXTEL S.A.
Santiago, 12 de enero de 2012.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 107 exento.- Vistos:
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El decreto ley N°1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
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La Ley N°18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la Ley.
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La resolución Nº1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
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El decreto supremo N°103 de 2008, del Ministerio de Transportes y
Telecomunicaciones.
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La resolución exenta N°1.144 de 2000, modificada por la resolución exenta N°596 de 2007, ambas de esta Subsecretaría, que fijó la norma técnica para el Servicio Público de Telefonía Móvil Digital Avanzado.
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El decreto supremo N°64 de 2010 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión, y sus modificaciones posteriores.
Considerando:
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Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel N°32.680 de 05.05.2011, complementado mediante ingreso Subtel N°44.964 de 04.07.2011 y N°51.531 de 03.08.2011.
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Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de modificación de concesión.
Decreto:
Modifícase la concesión de Servicio Público de Telefonía Móvil Digital Avanzado, otorgada a la empresa Nextel S.A., RUT N°78.921.690-8, con domicilio en Presidente Riesco N°5435, piso 16, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.
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Autorízase a la concesionaria para:
1.1 Modificar la dirección de cinco (5) estaciones base, autorizadas mediante decreto exento Nº555 del 2011, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, quedando como se indica a continuación:
Las coordenadas de las estaciones base, plazos y demás características técnicas, no consideradas en la presente modificación, permanecerán inalterables, de conformidad al decreto exento N°555 de 2011, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
1.2 Modificar las coordenadas geográficas de una (1) estación base, autorizada mediante decreto exento N°555 de 2011, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, quedando como se indica a continuación:
Las direcciones de las estaciones base, plazos y demás características técnicas, no consideradas en la presente modificación, permanecerán inalterables, de conformidad al decreto...
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