TEKNOMEAL SpA 76.138.873-8 - 17 de Diciembre de 2020 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 853316848

TEKNOMEAL SpA 76.138.873-8

Fecha de publicación17 Diciembre 2020
Número de registroCVE-1865966
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta42.832
CVE 1865966 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 42.832 | Jueves 17 de Diciembre de 2020 | Página 1 de 2
Empresas y Cooperativas
CVE 1865966
EXTRACTO
ALVARO GONZALEZ SALINAS, abogado, Notario Público Titular 42° Notaría de
Santiago, Agustinas 1.070, piso 2°, certifico: Extracto de la modificación de la sociedad
TEKNOMEAL SpA, Rut. 76.138.873-8, acordada en Junta extraordinaria Accionistas N° 5,
reducido a escritura pública con fecha 10-11-2.020, Repertorio por escritura pública, Repertorio
42.164-2.020, ante mi, en el siguiente sentido: Primero: Se modifica el artículo noveno letra k)
de los estatutos constitutivos de la sociedad el cual dice “Aceptar, reaceptar, girar y sobregirar,
pagar, endosar y descontar, prorrogar, cobrar, cancelar y protestar, depositar, redepositar,
revalidar y vender letras de cambio, cheques, libranzas, pagarés, vales en cobranza y demás
documentos civiles o mercantiles, ya sean éstos a la orden, al portador o nominativos, incluyendo
toda clase de documentos bancarios; celebrar con los bancos comerciales, instituciones de
crédito, corporaciones de derecho público o privado, sociedades civiles, comerciales o de otro
orden con el Banco del Estado de Chile, con particulares o con cualesquiera otras instituciones
nacionales, extranjeras o internacionales, contratos de préstamos, de mutuo, de comodato, de
depósito, de cuentas corrientes bancarias y mercantiles, sean de depósito o de crédito, girar y
sobregirar en dichas cuentas, retirar libretos o talonarios de cheques, dar órdenes de no pago y
reconocer o impugnar saldos o cartolas en cuenta corriente mercantil o bancaria, retirar depósitos
a la vista o a plazo o condicionales, todo, con las más amplias facultades, pudiendo representar a
la empresa ante el Banco del Estado de Chile, bancos privados nacionales o extranjeros, también
cerrar o abrir cuentas corrientes bancarias o de cualesquiera otras operaciones que se realice a
nombre de la empresa.- Para el ejercicio de la facultad contenida en este inciso, será necesaria la
Firma en conjunto de un Miembro del Directorio. Se designa a los directores don Luis Patricio
Palomero Zumaran y; don José Miguel Sandoval Basai para que proporcionen su firma, sin
distinción ni preferencias, en cumplimiento de la facultad contenida en este inciso. Esta
condición regirá en todas las facultades que refieran a cualquier Institución Bancaria, en especial
las referidas en las cláusulas a) y h);”; Segundo: La Junta extraordinaria de Accionistas por
unanimidad aprobó modificar el artículo noveno letra k) para todos los efectos legales, por el
siguiente texto: “Aceptar, reaceptar, girar y sobregirar, pagar, endosar y descontar, prorrogar,
cobrar, cancelar y protestar, depositar, redepositar, revalidar y vender letras de cambio, cheques,
libranzas, pagarés, vales en cobranza y demás documentos civiles o mercantiles, ya sean éstos a
la orden, al portador o nominativos, incluyendo toda clase de documentos bancarios; celebrar con
los bancos comerciales, instituciones de crédito, corporaciones de derecho público o privado,
sociedades civiles, comerciales o de otro orden con el Banco del Estado de Chile, con
particulares o con cualesquiera otras instituciones nacionales, extranjeras o internacionales,
contratos de préstamos, de mutuo, de comodato, de depósito, de cuentas corrientes bancarias y
mercantiles, sean de depósito o de crédito, girar y sobregirar en dichas cuentas, retirar libretos o
talonarios de cheques, dar órdenes de no pago y reconocer o impugnar saldos o cartolas en
cuenta corriente mercantil o bancaria, retirar depósitos a la vista o a plazo o condicionales, todo,
con las más amplias facultades, pudiendo representar a la empresa ante el Banco del Estado de
Chile, bancos privados nacionales o extranjeros, también cerrar o abrir cuentas corrientes
bancarias o de cualesquiera otras operaciones que se realice a nombre de la empresa.”; Tercero:
Así mismo, se modifica la letra k) del punto IV sobre otorgamiento de poderes al Gerente
General del numeral Cuarto sobre tabla y acuerdo del Poder otorgado en fecha tres de noviembre
de 2017 inscrito a fojas 87530 número 46818 del año 2017 que contiene el mismo texto objeto de
modificación; Cuarto: De acuerdo a lo expuesto la Junta extraordinaria de Accionistas declara
que en lo no modificado por la presente se mantiene vigente lo estipulado en los estatutos
constitutivos, así mismo la modificación de fojas 35864 número 19913 del año 2016, como
también el Poder otorgado e inscrito en fojas 87530 número 46818 del año 2017 se mantienen
vigentes. Se ratifican los poderes con que cuenta el Directorio compuestos por don Eduardo
Fernando Delaunoy Loch, C.I. N° 6.508.544-5, en calidad de Presidente, don Luis Patricio

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