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Decreto núm. 73, publicado el 15 de Junio de 1982. APRUEBA PLAN TECNICO FUNDAMENTAL DE NUMERACION TELEX

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

APRUEBA PLAN TECNICO FUNDAMENTAL DE NUMERACION TELEX

Núm. 73.- Santiago, 7 de Abril de 1982.- Vistos: Lo dispuesto en el artículo 32, N° 8 de la Constitución Política, DFL. N° 4 de 1959, el D.L. N° 1.762 de 1977 y el D.S. N° 423 de 1978 de la Política Nacional de Telecomunicaciones.

Considerando:

La necesidad de establecer normas relacionadas con la operación y explotación de las redes télex públicas.

La importancia que significa la determinación de estas normas tanto en el desarrollo de estos servicios como en el interfuncionamiento de la red nacional interconectada.

La conveniencia de comenzar la normalización indicada con la definición de las materias relacionadas con la numeración a emplearse en las redes nacionales.

Decreto:

Artículo 1°

Fíjase el Plan Técnico Fundamental de Numeración, que será la norma a aplicar en las redes telex automáticas.

OBJETIVOS

Artículo 2°

El presente Plan tiene por objeto establecer las normas que deben observar las empresas concesionarias para la utilización y asignación de códigos, prefijos y distintivos de números para la identificación y explotación de las redes telex tanto en el ámbito nacional como con el exterior.

Artículo 3°

El Plan está diseñado con una capacidad de expansión para satisfacer la demanda del servicio a largo plazo, dejando una holgura que permita efectuar una asignación de números mediante distribución geográfica.

La aplicación del presente Plan está en concordancia con las recomendaciones internacionales (CCITT) y las empresas concesionarias chilenas podrán interconectarse sin inconvenientes con las de otros países. Todos los proyectos, instalaciones y equipos que se relacionen con los servicios telex públicos deben observar las normas contenidas en el presente reglamento.

CARACTERISTICAS BASICAS

Artículo 4° El Plan es capaz de:

- Realizar la identificación inequívoca de todos los abonados (número único).

- Permitir la posibilidad de que los abonados puedan comunicarse entre sí de una manera simple y directa.

- Disponer la flexibilidad inherente para establecer el encaminamiento de la conexión hacia el punto de destino y determinar la tarifa a aplicar.

DEFINICIONES

Artículo 5°

Para los efectos de uniformar el lenguaje se define a continuación los términos utilizados en el Plan Fundamental Técnico de Numeración.

- Prefijo Internacional (código de acceso internacional): Es el código que permite el acceso a la red internacional. Precede al número internacional.

- Distintivo del País: Es la combinación de dígitos que identifica al país llamado.

Debe marcarse para toda llamada internacional automática y sigue al prefijo internacional.

- Número Internacional: Es la conbinación de dígitos que debe marcarse después del prefijo internacional para tener acceso a un abonado fuera del territorio nacional. Está compuesto por:

Distintivo del País + Número Nacional - Número Nacional: Es el conjunto de dígitos que deben marcarse para tener acceso a un abonado nacional. Este número es el que aparece en el guía telex asociado al nombre de cada abonado.

- Dígito Identificativo de Empresa: Es el primer dígito del número nacional e identifica la empresa de la cual un abonado nacional es suscriptor.

- Distintivo Regional: Lo constituye la combinación de dígitos después del dígito de...

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