TC resuelve que es constitucional excluir delitos graves y de lesa humanidad en ley de indulto
En tiempo récord, el Tribunal Constitucional (TC) visó ayer el proyecto de ley de indulto general conmutativo presentado por el Gobierno, que modifica la pena privativa de libertad por la de reclusión domiciliaria total por todo el saldo de sus respectivas condenas. De este beneficio quedaron excluidos los condenados por delitos graves, como homicidios, violación, secuestros, delitos de lesa humanidad.La iniciativa permite el beneficio para mayores de 75 años y para personas entre 55 y 74 años que hayan cumplido la mitad de su pena, además de mujeres embarazadas o con niños.La magistratura rechazó, por siete votos contra tres, el requerimiento de inconstitucionalidad interpuesto por nueve senadores de Chile Vamos y dos independientes. Con esta presentación, los congresistas buscaban que se declarara inconstitucional la exclusión del Ejecutivo de los condenados por violaciones a los derechos humanos, por considerar la medida discriminatoria y por no existir igualdad ante la ley.La urgencia de los magistrados era zanjar los antes posible la presentación debido a la crisis sanitaria y aumento de contagiados en las cárceles del país, tanto de internos como de personal de Gendarmería.Los ministros que estuvieron por rechazar el requerimiento son la presidenta del TC, María Luisa Brahm; Gonzalo García, Cristián Letelier, Nelson Pozo, María Pía Silva, Miguel Ángel Fernández y Rodrigo Pica.La mayoría, con excepción de Letelier, argumenta que no hay discriminación en la exclusión, y que no se afecta el derecho a la vida ni la integridad física ni psíquica de los internos.Mientras que el ministro Letelier rechazó la presentación, considerando que hay un estado de excepción y el Presidente de la República tiene amplias facultades.Los disidentes son Iván Aróstica, José Ignacio Vásquez y Juan José Romero, que estiman que es inconstitucional, ya que el objeto del proyecto de ley es la salud de los condenados y, sin embargo, "se discrimina en razón de ilícitos".El TC revisó el artículo 15, que se refiere a los delitos graves respecto de los cuales no procede la conmutación de penas. Además del artículo 17, que aplica filtros y tiempos mínimos cumplidos y saldos máximos de pena y edad.La magistratura todavía tiene pendiente otro requerimiento de inconstitucionalidad que ingresó ayer de diputados de Chile Vamos que se podría resolver a la brevedad."Es un alivio tener este dictamen. No solo porque demuestra que teníamos razón desde un punto de vista...
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