TC restringe el levantamiento de la reserva bancaria de nueva Ley General de Bancos - 20 de Diciembre de 2018 - El Mercurio - Noticias - VLEX 751374577

TC restringe el levantamiento de la reserva bancaria de nueva Ley General de Bancos

A casi tres meses de que la Ley General de Bancos haya sido despachada por el Congreso, el Tribunal Constitucional (TC) dio luz verde a la nueva legislación.Sin embargo, modificó algunos de los artículos por declararlos inconstitucionales. Uno de ellos corresponde al levantamiento de la reserva bancaria por parte del Servicio de Impuestos Internos (SII). Con el fallo del TC, para conocer información en las cuentas, el SII tendrá que pedir la autorización de un tribunal.Este fue justamente uno de los aspectos más complejos de resolver para destrabar la discusión del proyecto en el Senado.Tal como fue aprobada en octubre, la nueva Ley de Bancos faculta a la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) para que pueda compartir información sujeta a reserva bancaria con la Unidad de Análisis Financiero (UAF), cuando el regulador detecte irregularidades en los controles aplicados por los bancos en materia de lavado de activos y financiamiento del terrorismo.Esto, con el fin de que funcione de forma adecuada la supervisión preventiva contra situaciones como las anteriormente mencionadas.Respecto al Servicio de Impuestos Internos (SII), la nueva ley establecía que cuando un organismo internacional o el propio SII requirieran información sujeta al secreto bancario, esta podía solicitarse a los bancos. La entidad informa al cliente sobre el requerimiento y si este no accede, el SII podría acudir a los Tribunales Tributarios y Aduaneros (TTA) para requerirla.En caso de que la información se necesite con urgencia o que la notificación al titular pudiese dañar el curso de la investigación, la legislación apuntaba a cumplir omitiendo la notificación al cliente.No obstante, el Tribunal Constitucional determinó que sí hay que avisarles a los clientes en caso de requerir información sujeta a reserva bancaria."Al romper con el secreto bancario sin audiencia del afectado y, por lo tanto, sin que pueda oponerse, vulneran asimismo el artículo 19, número 4, de la Constitución, por tratarse de medidas intrusivas que afectan el derecho de privacidad y, específicamente, el derecho a la protección...

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