TC impide que director de Aguas pueda ordenar uso de la fuerza sin autorización judicial - 30 de Diciembre de 2017 - El Mercurio - Noticias - VLEX 699922921

TC impide que director de Aguas pueda ordenar uso de la fuerza sin autorización judicial

La mayoría de los magistrados del organismo declaró inconstitucional varios artículos de la iniciativa legal que fue enviada por la Cámara de Diputados.

Uno de los cambios más polémicos es el artículo N° 138, modificado por el artículo 1, que deroga la facultad judicial de autorizar el uso de la fuerza pública, cuando se ordene la paralización de obras o labores que se ejecuten en cauces naturales de aguas corrientes o detenidas que no cuenten con autorización y que pueden ocasionar perjuicios a terceros.

Con la modificación, la Dirección General de Aguas (DGA) podía solicitar a la autoridad directamente el uso de la fuerza pública policial.

El fallo del TC cuestiona que con esto quedaba a la "mera discrecionalidad (del director de Aguas) la apreciación de un posible peligro o perjuicio y pudiendo, sin control jurisdiccional preventivo alguno, impetrar directamente el auxilio de Carabineros".

Los ministros de mayoría consideraron además que sea una autoridad que está en Santiago la encargada de autorizar el uso de la fuerza. De esta manera se mantiene la atribución en los intendentes y gobernadores.

En el fallo del TC se sostiene que esta disposición del proyecto vulnera el artículo 76 de la Constitución, en cuanto al ejercicio de la función jurisdiccional de los tribunales de justicia, y su función exclusiva para la resolución de controversias en el marco de un debido proceso ante una posible afectación de los derechos de un particular o de...

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