TC declara inconstitucional parte de tres artículos de ley de Derechos de la Niñez - 16 de Julio de 2021 - El Mercurio - Noticias - VLEX 871053036

TC declara inconstitucional parte de tres artículos de ley de Derechos de la Niñez

Una maratónica jornada se vivió ayer en el Tribunal Constitucional (TC), que en total duró cerca de 10 horas, para revisar el requerimiento de un grupo de diputados y senadores de Chile Vamos que recurrieron a la magistratura para impugnar el proyecto de Sistema de Garantías y Protección Integral de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia, por considerar que contraviene el derecho de los padres sobre los menores.El Pleno resolvió acoger los requerimientos y declarar inconstitucional tres de los 88 artículos del proyecto de ley que fue ingresado en 2015, durante el gobierno de Michelle Bachelet, y que fue aprobado en junio del 2021.Se trata de parte de los artículos 11, que se refiere a la autonomía progresiva de los niños, niñas y adolescentes que podrán ejercer sus derechos en consonancia con la evaluación de sus facultades, atendiendo a su edad, madurez y grado de desarrollo, salvo que la ley limite este ejercicio. Se declaran inconstitucionales las frases que se refieren a que "las limitaciones deben interpretarse siempre de modo restrictivo" y sobre las capacidades cuando crecen, "que les permiten, progresivamente, requerir menor dirección y orientación por parte de los padres o madres, representantes legales o las personas que los tengan a su cuidado".También se acogió declarar como inconstitucional la frase del inciso cuarto del artículo 31 que indica, "o por sí solos, si su edad y el grado de autonomía con el que se desenvuelven así lo permitieren".El párrafo íntegro indica que "los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a tomar parte en reuniones públicas y manifestaciones pacíficas convocadas conforme a la ley, sean de carácter festivo, deportivo, cultural, artístico, social, religioso, o de cualquier otra índole, en compañía de sus padres y/o madres, otros adultos responsables, o por sí solos, si su edad y el grado de autonomía con el que se desenvuelven así lo permitieren".Los magistrados también acordaron que es inconstitucional parte de los incisos cuarto y quinto del artículo 31, que se refiere al derecho de libertad de asociación y reunión que tienen los menores, con fines sociales, culturales, deportivos recreativos, religiosos y políticos.Estos incisos hablan de que tienen derecho a participar con sus padres o adultos responsables en reuniones públicas y manifestaciones pacíficas, de cualquier índole, y se elimina la frase: "o por sí mismos, si su edad, grado de madurez y la...

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