TC declara inconstitucional algunos artículos e incisos de ley de Migración y Extranjería - 20 de Enero de 2021 - El Mercurio - Noticias - VLEX 855580007

TC declara inconstitucional algunos artículos e incisos de ley de Migración y Extranjería

Una extensa jornada tuvo ayer el Pleno del Tribunal Constitucional (TC) al revisar el requerimiento de inconstitucionalidad de 40 de diputados, tanto del Frente Amplio y del PC, por disposiciones del proyecto de ley de Migración y Extranjería.Tras escuchar desde las 9 de la mañana los alegatos de Patricio Zapata, que representó a los congresistas, y los de Eduardo Cordero, que habló en nombre del Presidente de la República, estuvieron revisando por más de ocho horas y votando cada uno de los incisos cuestionados.De los 14 artículos impugnados, se acogieron seis, entre incisos y normas. Los argumentos son principalmente vulneración al derecho a la igualdad ante la ley, por la vía de una discriminación arbitraria.Lo primero declarado contrario a la Constitución por los ministros fue una frase del artículo 27, inciso 2°, que se refiere a que no requerirá autorización previa o visa para el ingreso y estadía en Chile quien lo haga en calidad de titular de un permiso de permanencia transitoria. Se eliminó la frase que establece que "por motivos calificados de interés nacional y de bajo cumplimiento de las normas migratorias por parte de los nacionales de un país en particular" se podrá exigir respecto de los nacionales de determinados países una autorización previa o visa otorgada por un consulado chileno en el exterior.Los magistrados dejaron en la ley que el listado de países cuyos ciudadanos estarán sometidos a esta exigencia será fijada mediante decreto supremo firmado por los ministros del Interior y de Relaciones Exteriores.Votaron por acoger esta parte de la norma: Iván Aróstica, Gonzalo García, Cristián Letelier, Nelson Pozo, José Ignacio Vásquez, María Pía Silva y Rodrigo Pica. Por rechazar estuvieron la Presidenta del TC, María Luisa Brahm; Juan José Romero y Miguel Ángel Fernández.Se elimina sanción a empleadoresRespecto del artículo 117, de empleo de extranjeros sin autorización para trabajar, esto es, de quienes no posean un permiso de residencia, el inciso octavo parte final es contrario a la Constitución: "El empleador que sea sancionado reincidentemente en los términos del presente artículo podrá ser castigado con la prohibición de contratación con el Estado por un período de hasta tres años".Votaron por acoger esta parte de la norma: Brahm, Aróstica, Romero, Letelier, Vásquez y Fernández. Y por el rechazo: García, Pozo, Silva y Pica.Retorno asistido de menores es inconstitucionalDe manera unánime, los integrantes del TC...

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