Decreto 186 - FIJA FÓRMULAS TARIFARIAS DE LOS SERVICIOS DE PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE Y RECOLECCIÓN Y DISPOSICIÓN DE AGUAS SERVIDAS PARA LA EMPRESA AGUAS DEL CENTRO S.A., DEL SECTOR 'LOTEO DOÑA CARMEN', LOCALIDAD DE SARMIENTO, COMUNA DE CURICÓ, VII REGIÓN
Emisor | MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION |
Rango de Ley | Decreto |
Fecha de entrada en vigor | 26 de Agosto de 2008 |
FIJA FÓRMULAS TARIFARIAS DE LOS SERVICIOS DE PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE Y RECOLECCIÓN Y DISPOSICIÓN DE AGUAS SERVIDAS PARA LA EMPRESA AGUAS DEL CENTRO S.A., DEL SECTOR "LOTEO DOÑA CARMEN", LOCALIDAD DE SARMIENTO, COMUNA DE CURICÓ, VII REGIÓN
Núm. 186.- Santiago, 6 de junio de 2008.- Vistos:
-
- El artículo 15º del DFL Nº 382 de 1988 del Ministerio de Obras Públicas, Ley General de Servicios Sanitarios.
-
- Los artículos 32º y 100º del DS Nº 1.199 de 2004 del Ministerio de Obras Públicas, Reglamento del DFL Nº 382 de 1988.
-
- El DFL Nº 70 de 1988, Ley de Tarifas de Servicios Sanitarios, del Ministerio de Obras Públicas.
-
- El Reglamento de la Ley de Tarifas de Servicios Sanitarios, DS Nº 453 del 12 de diciembre de 1989 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
-
- La ley Nº 18.902, Orgánica de la Superintendencia de Servicios Sanitarios.
-
- La solicitud de concesiones sanitarias para la atención de sector denominado "Doña Carmen", localidad de Sarmiento de la comuna de Curicó, VII Región.
-
- El Estudio Tarifarlo de la Superintendencia de Servicios Sanitarios efectuado con ocasión del proceso concesional de nueva concesión.
-
- Carta recibida el 31-01-08 de la Empresa Aguas del Centro S.A.
-
- Acta del acto público de recepción de antecedentes.
-
- Estos antecedentes.
Considerando:
-
- Que, las empresas de servicios públicos de agua potable y de alcantarillado de aguas servidas están sujetas a la fijación tarifaria establecida por el DFL MOP Nº 70/88 y su Reglamento.
-
- Que, la tarifa determinada por la Superintendencia de Servicios Sanitarios e informada al Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción no tuvo observaciones por parte de esta Secretaría de Estado, según lo señaló en su oficio Nº 142, de 08.01.08.
-
- Que, las tarifas ofrecidas en su postulación por la única empresa solicitante resultaron ser superiores a las determinadas por la autoridad. En razón de esta postura y de conformidad con el artículo 15 de la Ley General de Servicios Sanitarios, se debió comunicar al interesado la tarifa oficial para que reestudiara su oferta o se desistiera de ella.
-
- Que, por presentación recibida el 31.01.08, la Empresa Aguas del Centro S.A., informó a la Superintendencia de Servicios Sanitarios el hecho de haber aceptado la tarifa fijada por la autoridad.
-
Que se ha dado cumplimiento a lo prescrito en el artículo 15º del DFL MOP Nº 382/88 y DS MOP Nº 1.199/2004.
Decreto:
Fíjanse las siguientes fórmulas tarifarlas para calcular los precios máximos aplicables a los servicios de producción y distribución de agua potable y recolección y disposición de aguas servidas para los usuarios finales de la Empresa Aguas del Centro S.A., que atiende el sector denominado "Loteo Doña Carmen", localidad de Sarmiento de la comuna de Curicó, VII Región:
-
DE LAS FÓRMULAS TARIFARIAS
1.1. DEFINICIÓN DE LAS FÓRMULAS TARIFARIAS
1.1.1. Cargo fijo mensual por cliente ($/mes):
CFCL
CFCL = CF * IN1
1.1.2. Cargo variable por consumo de agua
potable en período no punta ($/m3): CVAP
CVAP = CV1 * IN2 + CV4 * IN5
1.1.3. Cargo variable por consumo de agua
potable en período punta ($/m3): CVAPP
CVAPP = CV2 * IN3 + CV5 * IN6
1.1.4. Cargo variable por sobreconsumo de agua
potable en período punta ($/m3): CVAPP2
CVAPP2 = CV3 * IN4 + CV6 * IN7
1.1.5. Cargo variable por servicio de
alcantarillado de aguas servidas ($/m3):
CVAL
CVAL = CV7 * IN8 + CV8 * IN9
1.2. DEFINICIÓN, VALOR DE LOS CARGOS TARIFARIOS Y MECANISMO DE INDEXACIÓN
La definición de las variables incorporadas en las fórmulas tarifarlas anteriores y sus respectivos valores, al 31 de diciembre de 2006, son los indicados a continuación.
1.2.1. Definición y valor de cargos tarifarios
Variable Definición Valor
CF Cargo fijo por cliente. 653,48
CV1 Cargo variable por producción
de agua potable en período
no punta. 167,25
CV2 Cargo variable por producción
de agua potable en período
punta. 166,76
CV3 Cargo variable de sobreconsumo
por producción de agua potable
en período punta. 196,60
CV4 Cargo variable por distribución
de agua potable en período
no punta. 240,43
CV5 Cargo variable por distribución
de agua potable en período
punta. 239,61
CV6 Cargo variable de sobreconsumo
por distribución de agua
potable en período punta. 298,54
CV7 Cargo variable por recolección
de aguas servidas. 121,30
CV8 Cargo variable por disposición
de aguas servidas. 443,59
1.2.2. Polinomios de Indexación
Se definen IN1, IN2, IN3, IN4, IN5, IN6, IN7, IN8, IN9, IN10, IN11, IN12, IN13, IN14, IN15, IN16, IN17, IN18, como los polinomios de indexación de tarifas. Se calculan utilizando la siguiente fórmula general:
INi = ai * IIPC + bi * IIPMN+ ci * IIPMI
donde:
IIPC: Índice del Índice de Precios al Consumidor, o el que lo reemplace, calculado como IPC/IPCo, en que IPC es el Índice de Precios al Consumidor, publicado por el INE e IPCo el correspondiente a diciembre de 2006, IPCo = 124,23.
IIPMN: Índice del Índice de Precio al por Mayor de Productos Nacionales Categoría Industrias Manufactureras, o el que lo reemplace, calculado como IPMN/IPMNo, en que IPMN es el Índice de Precios al por Mayor de Productos Nacionales Categoría Industrias Manufactureras, publicado por el INE e IPMNo el correspondiente a diciembre de 2006, IPMNo = 88,02.
IIPMI: Índice del Índice de Precios al por Mayor de Productos Importados Categoría Industrias Manufactureras, o el que lo reemplace, calculado como IPMI/IPMIo, en que IPMI es el Índice de Precios al por Mayor de Productos Importados Categoría Industrias Manufactureras, publicado por el INE e IPMIo el correspondiente a diciembre de 2006, IPMIo = 97,50.
A continuación se indican los valores de ai, bi y ci, para el respectivo INi.
Variable INi ai bi ci
CF Cargo fijo por
cliente. IN1 0,8006 0,1994 0,0000
CV1 Cargo variable por
producción de agua
potable en período
no punta. IN2 0,4448 0,3998 0,1554
CV2 Cargo variable por
producción de agua
potable en período
punta. IN3 0,4342 0,4073 0,1585
CV3 Cargo variable de
sobreconsumo por
producción de agua
potable en período
punta. IN4 0,4401 0,4040 0,1559
CV4 Cargo variable por
distribución de
agua potable en
período no punta. IN5 0,3226 0,6411 0,0363
CV5 Cargo variable por
distribución de
agua potable en
período punta. IN6 0,3246 0,6402 0,0352
CV6 Cargo variable de
sobreconsumo por
distribución de
agua potable
en período punta. IN7 0,3154 0,6444 0,0402
CV7 Cargo variable por
recolección de
aguas servidas. IN8 0,6643 0,3074 0,0283
CV8 Cargo variable por
disposición de
aguas servidas. IN9 0,3246 0,6102 0,0652
Cargos por Riles IN10 1,0000 0,0000 0,0000
Cargo por Grifos IN11 1,0000...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba