Decreto 358 - FIJA FORMULAS TARIFARIAS DE LOS SERVICIOS DE PRODUCCION Y DISTRIBUCION DE AGUA POTABLE Y RECOLECCION Y DISPOSICION DE AGUAS SERVIDAS PARA LA EMPRESA AGUAS MAGALLANES S.A. - MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 241361138

Decreto 358 - FIJA FORMULAS TARIFARIAS DE LOS SERVICIOS DE PRODUCCION Y DISTRIBUCION DE AGUA POTABLE Y RECOLECCION Y DISPOSICION DE AGUAS SERVIDAS PARA LA EMPRESA AGUAS MAGALLANES S.A.

EmisorMINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION
Rango de LeyDecreto

FIJA FORMULAS TARIFARIAS DE LOS SERVICIOS DE PRODUCCION Y DISTRIBUCION DE AGUA POTABLE Y RECOLECCION Y DISPOSICION DE AGUAS SERVIDAS PARA LA EMPRESA AGUAS MAGALLANES S.A.

Núm. 358.- Santiago, 23 de noviembre de 2006.- Vistos:

  1. - El D.F.L. N°70 de 1988, Ley de Tarifas de Servicios Sanitarios, del Ministerio de Obras Públicas.

  2. - El Reglamento de la Ley de Tarifas de Servicios Sanitarios, DS. N°453 del 12 de diciembre de 1989 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

  3. - El Decreto N°430 del 14 de diciembre de 2001, publicado el 19 de diciembre de 2001, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

  4. - El decreto N°912 del 15 de octubre de 2004, del Ministerio de Obras Públicas, donde se otorga el derecho de explotación de las concesiones de ESMAG S.A. a la Empresa Aguas Magallanes S.A., por el lapso de 30 años.

  5. - La Ley Nº18.902, Orgánica de la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS).

  6. - El artículo 100 del DS. Nº1.199 de 2004, del Ministerio de Obras Públicas.

  7. - Discrepancias de la Empresa Aguas Magallanes S.A.

    de fecha 17 de agosto de 2006; Acta de acuerdo entre la Superintendencia de Servicios Sanitarios y la Empresa Aguas Magallanes S.A., con fecha 30 de agosto de 2006, aprobada mediante Resolución SISS N°3.651 de fecha 10 de octubre de 2006.

  8. - El Estudio Tarifario realizado por la

    Superintendencia de Servicios Sanitarios, sus fundamentos, antecedentes de cálculo y resultados.

    Considerando:

  9. - Que , en conformidad con el artículo 2 de la Ley de Tarifas de Servicios Sanitarios, la fijación de las fórmulas tarifarias de los servicios públicos sanitarios se realiza mediante decreto expedido por el Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción;

  10. - Que, mediante el Decreto MOP N°912/2004, Aguas Magallanes S.A. adquirió el derecho de explotación de los servicios públicos de producción y distribución de agua potable, recolección y disposición de aguas servidas de la Región de Magallanes;

  11. - Que, el procedimiento de fijación de tarifas correspondientes a los servicios públicos sanitarios cuyo derecho de explotación corresponde a la Empresa Aguas Magallanes S.A., correspondiente al quinquenio 2006-2011, cumple con las etapas en la forma y plazos dispuestos por la mencionada Ley.

  12. - Que en el proceso de fijación de tarifas de la Empresa Aguas Magallanes S.A. esta empresa hizo valer discrepancias a determinados parámetros del estudio tarifario de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, las que fueron resueltas mediante un acuerdo directo entre dicha Superintendencia y el prestador, formalizado mediante acta de acuerdo de fecha 30 de agosto de 2006.

  13. - Que el acta de acuerdo directo se aprobó mediante Resolución (exenta) de la Superintendencia de Servicios Sanitarios Nº3.651 del 10 de octubre de 2006.

  14. - Que la fijación de tarifas ha cumplido además con las Bases, normas y actos de procedimiento establecidos en el D.F.L. MOP N°70 de 1988 y su Reglamento;

    Decreto:

    Fíjanse las siguientes fórmulas tarifarias para calcular los precios máximos aplicables a los usuarios de los servicios de producción y distribución de agua potable y recolección y disposición de aguas servidas cuyo derecho de explotación corresponde a la Empresa Aguas Magallanes S.A., en los siguientes términos:

  15. DE LAS FORMULAS TARIFARIAS

    1.1. DEFINICION DE LAS FORMULAS TARIFARIAS

    1.1.1. Cargo fijo mensual por cliente ($/mes):

    CFCL

    CFCL = CF * IN1

    1.1.2. Cargo variable por consumo de agua potable

    parejo ($/m3): CVAP

    CVAP = CV1 * IN2 + CV2 * IN3

    1.1.3. Cargo variable por servicio de

    alcantarillado de aguas servidas ($/m3):

    CVAL

    CVAL = CV3 * IN4 + CV4 * IN5

    1.2. DEFINICION, VALOR DE LOS CARGOS TARIFARIOS Y MECANISMO DE INDEXACION

    La definición de las variables incorporadas en las fórmulas tarifarias anteriores y sus respectivos valores, al 31 de diciembre de 2005, son los indicados a continuación, para los sistemas de las localidades de Punta Arenas, Puerto Natales y Porvenir.

    1.2.1. Definición y valor de cargos tarifarios

    Variable Definición Valor

    CF Cargo fijo por cliente. 781,85

    CV1 Cargo variable por producción

    de agua potable. 236,08

    CV2 Cargo variable por distribución

    de agua potable. 169,90

    CV3 Cargo variable por recolección

    de aguas servidas. 188,98

    CV4 Cargo variable por disposición

    base de aguas servidas 70,27

    1.2.2. Polinomios de Indexación

    Se definen IN1, IN2, IN3, IN4, IN5, IN6, IN7, IN8, IN9, IN10, IN11, IN12, IN13, IN14, como los polinomios de indexación de tarifas. Se calculan utilizando la siguiente fórmula general:

    INi = ai * IIPC + bi * IIPMI + ci * IIPMN

    donde:

    IIPC: Indice del Indice de Precios al Consumidor,

    calculado como IPC/IPCo, en que IPC es el Indice

    de Precios al Consumidor, publicado por el INE

    e IPCo el correspondiente a diciembre de 2005,

    IPCo = 121,12.

    IIPMI: Indice del Indice de Precios al por Mayor de

    Productos Importados del Sector Industrial

    calculado como IPMI/IPMIo, en que IPMI es el

    Indice de Precios al por Mayor de Productos

    Importados del Sector Industrial, publicado por

    el INE e IPMIo el correspondiente a diciembre de

    2005, IPMIo = 172,68.

    IIPMN: Indice del Indice de Precio al por Mayor de

    Productos Nacionales del Sector Industrial,

    calculado como IPMN/IPMNo, en que IPMN es el

    Indice de Precios al por Mayor del Sector

    Industrial, publicado por el INE e IPMNo el

    correspondiente a diciembre de 2005, IPMNo =

    220,16.

    A continuación se indican los valores de ai, bi y ci, para el respectivo INi.

    Variable INi ai bi ci

    CF Cargo fijo cliente IN 1 0,99374 0,00000 0,00626

    CV1 Cargo variable

    producción de agua

    potable IN 2 0,35096 0,20681 0,44223

    CV2 Cargo variable

    distribución de

    agua potable IN 3 0,41758 0,13582...

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