Resolucion núm. 1426 EXENTA, el 29 de Noviembre de 2008. FIJA NORMA TÉCNICA PARA EL SERVICIO LIMITADO DE RADIOCOMUNICACIONES MULTI-FRECUENCIAS EN LA BANDA DE 400 MHz
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES |
Rango de Ley | Resolución |
FIJA NORMA TÉCNICA PARA EL SERVICIO LIMITADO DE RADIOCOMUNICACIONES MULTI-FRECUENCIAS EN LA BANDA DE 400 MHz
Santiago, 26 de noviembre de 2008.- Con esta fecha se ha resuelto lo que sigue:
Núm. 1.425 exenta.- Vistos:
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El Decreto Ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones;
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La Ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones;
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El Decreto Supremo N° 127, de 2006, modificado por el Decreto Supremo N° 956, de 2007, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Plan General de Uso del Espectro Radioeléctrico;
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La Resolución Exenta Nº 120 de 2008, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que fijó la norma técnica para el uso de las bandas de frecuencias 410,3375 . 412,8125 MHz y 420,3375 . 422,8125 MHz;
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El oficio ORD. N° 32508/C de 20.03.08, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que fijó para las actuales concesionarias de servicio público de repetidora comunitaria Multi-RTA que operan en la banda 410,35 . 422,3375 MHz, el plazo de adecuación a la citada Resolución Exenta Nº 120 de 2008;
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La Resolución Nº 1.600, de 2008, que fijó normas sobre exención del trámite de toma de razón, dejando sin efecto las resoluciones Nº 55, de 1992 y Nº 520, de 1996, y sus modificaciones, todas de la Contraloría General de la República;
y
Considerando: La necesidad de administrar eficientemente la utilización del espectro radioeléctrico; y, en uso de mis atribuciones legales,
Resuelvo:
Fíjese la siguiente norma técnica para el Servicio Limitado de Radiocomunicaciones Multi- Frecuencias en la banda de 400 MHz.
Destínense las bandas de frecuencias 413,4875 . 414,9875 MHz y 423,4875 . 424,9875 MHz para la instalación, operación y explotación del Servicio Limitado de Radiocomunicaciones Multi-Frecuencias en la banda de 400 MHz, en adelante el servicio.
El servicio será operado mediante el empleo de un sistema de radiocomunicaciones del servicio móvil, de tecnología digital de libre elección, compuesto por una o varias estaciones base, uno o más nodos de control y gestión que se encargan de aportar la inteligencia al sistema, tanto para la gestión de frecuencias como para la gestión de flotas o grupos de usuarios, y por estaciones móviles, incluidas estaciones portátiles.
La canalización en las...
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