Suspende por el plazo de cinco años la inscripción de taxis en el Registro Nacional de Servicios de Transporte de Pasajeros.
Fecha | 17 Diciembre 2014 |
Fecha de registro | 17 Diciembre 2014 |
Número de Iniciativa | 9816-15 |
Etapa | Tramitación terminada Ley N° 20.867 (Diario Oficial del 22/10/2015) |
Autor de la iniciativa | Letelier Morel, Juan Pablo |
Materia | INSCRIPCIÓN DE TAXIS, INSCRIPCIÓN DE VEHÍCULOS, MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES, REGISTRO NACIONAL DE SERVICIOS DE TRANSPORTE DE PASAJEROS, TRANSPORTE DE PASAJEROS |
Cámara Legislativa de Origen | Moción,Senado |
Tipo de proyecto | Proyecto de ley |
Boletín N° 9.816-15
Proyecto de ley, iniciado en moción del Honorable Senador señor Letelier, que suspende por el plazo de cinco años la inscripción de taxis en el Registro Nacional de Servicios de Transporte de Pasajeros.
Considerando:
1. Que la ley N° 19.040 en el inciso primero de su artículo 10 establece lo siguiente: "Los vehículos que se destinen a servicio de transporte público remunerado de pasajeros deberán estar inscritos en el Registro Nacional de Servicios de Transportes de Pasajeros a que se refiere el inciso séptimo del artículo 3° de la ley 18.696, según lo determine la correspondiente reglamentación dictada por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones".
2. Que en 1.998, a través de la ley 19.593, se suspendió por el plazo de dos años la inscripción de taxis, en cualquiera de sus modalidades, en el mencionado Registro.
3. Que posteriormente, mediante la dictación de una nueva ley, esta vez la 19.700, se prorrogó la vigencia de la ley anterior, por cinco años más, a contar de la expiración del plazo que estaba corriendo hasta noviembre del 2.005.
4. Que la ley 20.076 suspendió nuevamente la inscripción en el Registro por el plazo de otros cinco años, desde su publicación, lo cual se produjo en noviembre del 2.005. Con ello, la suspensión venció en noviembre del 2.010.
5. Que en noviembre del 2.010 se aprobó la ley 20.074, la cual, prorrogó la vigencia de su antecesora, la 20.076, por un periodo de cinco años. La principal razón tomada en consideración para la aprobación de aquella ley fue el gran número de automóviles existentes lo que agudizaba dos problemas con los que incluso todavía se está luchando al día de hoy: la congestión vehicular y contaminación atmosférica.
6. Que, en esa misma oportunidad se pensó en alzar esta suspensión una vez que existiera una solución efectiva a los problemas anteriormente mencionados, lo cual, todavía no se logra.
Es por eso que sobre la base de los antecedentes anteriormente...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba