Suprema regula apelación de expulsiones de extranjeros: es materia de ley, pero Corte lo hace ante 'silencio legislativo' - 25 de Agosto de 2023 - El Mercurio - Noticias - VLEX 941878945

Suprema regula apelación de expulsiones de extranjeros: es materia de ley, pero Corte lo hace ante 'silencio legislativo'

El próximo 7 de septiembre entrará en vigencia el auto acordado -o resolución- dictado por el Pleno de la Corte Suprema, mediante el cual se regula la presentación y tramitación para los recursos de apelación respecto de sentencias pronunciadas por las cortes de Apelaciones en relación con las expulsiones de ciudadanos extranjeros, en el marco del mecanismo establecido en la Ley 21.325, sobre migración y extranjería.Distintos abogados analizan si esta regulación corresponde a una materia de ley o no. También, si el máximo tribunal pudiera estar legislando al pronunciarse al respecto.Coinciden en que debiese legislarse este procedimiento, pero creen que los ministros debieron reglar el tema porque ello no ha ocurrido, pese al tiempo transcurrido desde que se promulgó la ley.Se trata de una norma legal cuya aplicabilidad comenzó en febrero de 2022, cuando se publicó su reglamento, y que en su artículo 141 consagra el derecho a reclamación del afectado por la medida de expulsión.Supresión de frases en la norma por fallo del TCY la resolución de la Corte Suprema establece los criterios que quedaron sin definición luego de la sentencia del Tribunal Constitucional (TC), de abril de 2021, que planteó que ciertos pasajes de dicha norma eran contrarios a la Constitución, en específico, aquel que establecía que la reclamación sería conocida "en única instancia" por la Corte de Apelaciones, lo que no permitía recursos respecto de esta decisión, es decir, impedía llegar al máximo tribunal, y que su vista sería "en cuenta", lo que imposibilitaba escuchar a las partes.Tras la eliminación de esas dos frases del artículo 141, la ley dejó habilitada la opción de recurrir a la Corte Suprema, pero la forma de tramitación de los recursos no fue fijada, hasta ahora por el Pleno, que lo hizo -según su auto acordado- en ejercicio de sus "facultades económicas".Consultada, la profesora de Derecho Constitucional de la Universidad de los Andes Soledad Bertelsen expresó que la regulación "tiene que ser por ley, de todas maneras".No obstante, añade que "debe estar ocurriendo algo parecido con el procedimiento de recurso de protección: como el legislador no dicta ley, y las causas siguen llegando, la Corte Suprema trata de suplir dictando autos acordados".Así, indica que "es más protector de los derechos de debido proceso que los procesos estén regulados por ley, pero también se afecta el debido proceso si -por omisión legislativa- no hay proceso para apelar".En tanto...

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