Suprema pide a ministro de Salud precisar por qué se afecta la seguridad nacional y privacidad de pacientes al incautar e-mails - 1 de Octubre de 2020 - El Mercurio - Noticias - VLEX 849686824

Suprema pide a ministro de Salud precisar por qué se afecta la seguridad nacional y privacidad de pacientes al incautar e-mails

La Sala Penal de la Corte Suprema resolvió pedir un informe antes de resolver la controversia interpuesta hace dos semanas por el fiscal metropolitano Centro Norte, Xavier Armendáriz, para ver si se accede o no a la incautación de los servidores de correos electrónicos del Ministerio de Salud. Ello, en la investigación en que se buscan determinar eventuales responsabilidades penales de las autoridades de gobierno en las muertes por covid-19.El Ministerio Público solicitó el pronunciamiento por la oposición a la diligencia de entrada, registro e incautación de los e-mails institucionales del exministro de Salud Jaime Mañalich, la exjefa de gabinete de este, Itziar Linazasoro y la actual subsecretaria de Salud, Paula Daza.Piden razones para oponerse a incautaciónAl actual ministro de Salud, Enrique Paris, se le solicitó como trámite previo que dé cuenta al máximo tribunal "de manera pormenorizada de las razones que sustentan su oposición a la diligencia del Ministerio Público, de conformidad a las comunicaciones que enviara a la fiscalía de fecha ocho y diez de septiembre". Le piden que se refiera a "de qué manera se afecta la información reservada de los pacientes y la protección de la vida privada y precise de qué manera la diligencia en cuestión pone en riesgo o afecta la seguridad nacional".El ministro Paris tiene tres días hábiles para entregar su informe, por lo que se espera que este llegue la próxima semana.La determinación se vio en cuenta, sin alegatos de las partes. La resolución fue adoptada por los ministros Carlos Künsemüller, Haroldo Brito, Jorge Dahm y el abogado integrante Ricardo Abuauad.El voto en contra fue del magistrado Leopoldo Llanos, "quien fue de la opinión de pedir informe al Ministerio Público en orden que diera cuenta si se dio cumplimiento a las formalidades de comunicación previa que establece el artículo 209 inciso del Código Procesal Penal, para la realización de la diligencia".Esta norma se refiere a que para proceder a la entrada y registro en lugares especiales, religiosos, de autoridad pública o recintos militares, el fiscal deberá oficiar previamente a la persona a cargo sobre la diligencia.Dudas de la fiscalíaEl fiscal solicitó la diligencia tras diversas dudas que existen en la investigación. Según la presentación ante la Suprema, el ministro Mañalich y su jefa de gabinete (Linazasoro) "habrían decidido implementar un sistema sui generis para la recolección de datos esenciales para la correcta...

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