Suprema ordena tramitar solicitud de visa de trabajo de venezolano - 16 de Febrero de 2021 - El Mercurio - Noticias - VLEX 858008974

Suprema ordena tramitar solicitud de visa de trabajo de venezolano

La Corte Suprema ordenó a la Gobernación Provincial de San Felipe tramitar conforme a derecho la solicitud de visa sujeta a contrato de trabajo presentada por un ciudadano venezolano.En un fallo dividido, los ministros Haroldo Brito, Leopoldo Llanos y Jorge Zepeda acogieron el recurso de amparo en favor del extranjero y revocaron la sentencia dictada por la Corte de Valparaíso, tras establecer que la resolución exenta dictada por la autoridad administrativa no fundamentó con precisión y claridad los motivos del rechazo.La mayoría plantea que "el fundamento que tuvo en consideración la administración para rechazar la petición, según se lee en el informe evacuado por la autoridad, fue el hecho de que en el Oficio Reservado N° 15.530, de fecha 11 de noviembre de 2019, el Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, informa al Gobernador Provincial de San Felipe de Aconcagua que analizada la solicitud de visa de residente sujeta a contrato, se rechaza de acuerdo al artículo 64 N° 2 de la Ley de Extranjería, en atención a que el Departamento de Policía Internacional de la Policía de Investigaciones de Chile denunció al extranjero por proporcionar datos falsos en su contrato".Hechos y fundamentosAgregan los ministros que, "de conformidad a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 11 de la Ley N° 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, se exige a la administración que sus decisiones contengan la expresión de los hechos y fundamentos de derecho en que se sustentan".Y, a su juicio, en este caso la resolución cuestionada "no contiene una clara descripción de la conducta que se imputa al amparado, ello desde que no se señala de manera clara y precisa cómo se determinó la existencia de la conducta que se reprocha, así como no se precisa si se ejerció acción penal respecto de proporcionar datos falsos en su contrato".Además, advierten que esto último "se ve reforzado en el hecho que la administración omite todo pronunciamiento respecto de los antecedentes que se le hicieran valer al momento de efectuarse la solicitud (...), salvo la circunstancia de haber presentado antecedentes falsos en su contrato, en circunstancia que debió hacerse cargo de todos ellos".La decisión fue adoptada con los votos en contra de los ministros Carlos Künsemüller y Manuel Valderrama, quienes estuvieron por confirmar la sentencia...

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