Suprema establece que sin diagnóstico médico no puede invocarse preexistencia y ordena a isapre reintegro de afiliada - 21 de Agosto de 2019 - El Mercurio - Noticias - VLEX 809122137

Suprema establece que sin diagnóstico médico no puede invocarse preexistencia y ordena a isapre reintegro de afiliada

Por cinco contra cero. La Corte Suprema acogió el recurso de protección contra Isapre Banmédica S.A. presentado por la afiliada A.M.P.O., luego de que la institución pusiera término unilateral al contrato de salud que mantenía con ella, argumentando que la mujer no había declarado enfermedades que eran preexistentes: un tumor tiroideo y diabetes mellitus.Junto con ello, el máximo tribunal ordenó a la isapre "mantener vigente el contrato de salud en los mismos términos pactados y debe otorgarle la cobertura convenida a A.M.P.O."La Sala Constitucional estableció el actuar arbitrario de Banmédica, recordando -entre otras cosas- que "el inciso segundo del numeral 6 del artículo 190 del Decreto con Fuerza de Ley N° 1 de 2006 del Ministerio de Salud, señala que: 'se entenderá que son preexistentes aquellas enfermedades, patologías o condiciones de salud que hayan sido conocidas por el afiliado y diagnosticadas médicamente con anterioridad a la suscripción del contrato'".Una razón para entender, advierte la sentencia, que "es un requisito, entonces, que exista un diagnóstico médico fidedigno que determine con certeza la preexistencia de la enfermedad y que esta esté directamente relacionada con las intervenciones quirúrgicas por las que se pide extender la cobertura y, además, que el afiliado esté en cabal conocimiento del diagnóstico antes de la suscripción del contrato, lo que en la especie no se ha demostrado".La decisión fue adoptada por los ministros Sergio Muñoz, María Eugenia Sandoval y Ángela Vivanco, y los abogados integrantes Ricardo Abuauad y Pedro Pierry.De acuerdo a la norma actual, las preexistencias deben registrarse en una "declaración de salud" que la isapre ocupa para evaluar el riesgo de afiliar a una persona. Esto es parte de la discusión que se planteó en el debate de la reforma a las isapres impulsada por el Gobierno.Cómo justificó la isapre su decisiónPara justificar la desafiliación, la isapre explicó a la Sala que, cuando tramitaba un programa de atención médica por la hospitalización de la afiliada en la Clínica Indisa, entre el 30 de octubre y el 3 de noviembre de 2018, se enteró de sus antecedentes de salud.Entre los documentos acompañados por la clínica había uno en que se leía: "nódulos tiroideos derecho e izquierdo desde hace 10 años que se controla periódicamente" y "antecedentes de diabetes mellitus ingiriendo una tableta diaria de Glafornil". Y, ello, afirma la institución "dejaría de manifiesto la omisión en que...

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