Decreto Ley 1532 - SUPLEMENTA ITEM DE GASTOS QUE SEÑALA. OTRAS DISPOSICIONES PRESUPUESTARIAS
Emisor | MINISTERIO DE HACIENDA |
Rango de Ley | Decreto Ley |
SUPLEMENTA ITEM DE GASTOS QUE SEÑALA. OTRAS DISPOSICIONES PRESUPUESTARIAS
Núm. 1.532.- Santiago, 21 de Julio de 1976.- Teniendo presente: que las cantidades aprobadas en algunos ítem del Presupuesto en vigencia han resultado insuficientes para atender los gastos que representan algunas actividades que no es posible suprimir o postergar, lo que hace indispensable la suplementación de esos ítem.
Que es necesario, además, poner en vigor algunas disposiciones de carácter presupuestario, financiero o de personal, que corrigen la legislación vigente para hacer más expedita la administración financiera del Estado, y
Vistos: lo dispuesto en los decretos leyes N°s 1 y 128, de 1973, y N° 527, de 1974,
La Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente
Decreto ley:
Supleméntanse los ítem de gastos que se señalan del presupuesto vigente en las cantidades que se indican:
EN MONEDA NACIONAL:
01/01/00/22/17 __________________________ $ 1.220.000
01/01/00/44/32.001 ______________________ $ 1.000.000
05/01/00/22/17 __________________________ $ 4.000.000
05/01/00/44/32.001 ______________________ $ 100.000
05/01/00/44/36.001 ______________________ $ 3.000.000
05/02/02/77/89.001 ______________________ $ 438.000
05/02/02/77/89.005 ______________________ $ 1.000.000
06/01/00/44/32.001 ______________________ $ 217.000
06/03/00/22/17 __________________________ $ 2.000.000
12/02/03/55/73 __________________________ $ 5.350.000
13/01/00/44/32.006 ______________________ $ 1.975.000
19/01/00/77/85.001 ______________________ $ 800.000
19/01/00/44/31.002 ______________________ $ 300.000
EN MONEDAS EXTRANJERAS CONVERTIDAS
A DOLARES
06/01/00/22/17 __________________________ US$ 3.500
06/01/00/44/31.002 ______________________ US$ 473.000
06/01/00/55/50 __________________________ US$ 10.000
Créanse en las Partidas presupuestarias que se señalan los siguientes ítem y asignaciones con las cantidades que se indican:
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En monedas
extranjeras
En moneda convertidas
nacional a dólares
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MINISTERIO DE
RELACIONES EXTERIORES
Secretaría y Administración
General y Servicio Exterior:
Prestaciones Previsionales:
06/01/00/44/30 _______________ --.-- 20.000
Becas y otras transferencias:
06/01/00/44/31.004 ___________US$ 1.000 --.--
MINISTERIO DE SALUD
PUBLICA
Subsecretaría de Salud
Organización y celebración de
Congresos Internacionales:
16/01/01/44/31.002 ___________ 1.000 30.000
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Redúcense los ítem 08 01 03 22 17 y 13/01/00/44/32.006, en US$ 100.000, y US$ 360.000, respectivamente.
Créanse o modifícanse en los ítem del presupuesto vigente, las glosas que se indican:
Item 05/01/00/22/17, glosa 1:
Sustitúyese la cantidad de "5.380.000" por "9.380.000". ítem 06/03/00/22/17, glosa 1:
Sustituyense, en la letra b) de esta glosa, las cantidades de "$ 110.000" y "$ 40.000" por "$ 2.110.000" y "$ 2.040.000, respectivamente.
Item 08/01/03/44/36.001, glosa 7:
36.002, glosa 8
36.003, glosa 9
Agrégase en cada glosa, en punto seguido lo siguiente: "Los fondos podrán ser asignados mediante traspasos a los Servicios de la Administración Central del Estado".
Item 12/02/03/55/73:
Agrégase la siguiente glosa: "Incluye $ 4.500.000, para terminación del edificio Santiago Oriente, destinado a los Servicios de Impuestos Internos y Tesorería, y $ 750.000, para terminación de la Aduana de Quillagua".
Introdúcense en el decreto ley N° 1.445, de 1976, las siguientes modificaciones:
En el artículo 1°:
Sustitúyese en la Cuenta 2111, de Ingresos Tributarios en moneda nacional, la cifra "4.692.814" por "4.642.814".
En el artículo 7°:
Sustitúyese en el ítem 08/01/03/44/36, las asignaciones "001 y 002" por "006 y 007", respectivamente.
Traspásase: del ítem 01/01/02/22/16, $ 600.000, a los ítem 01/01/02/22/11, $ 200.000;
01/01/02/22/14, $ 100.000, y 01/01/02/22/50, $ 300.000.
El mayor gasto fiscal que represente este decreto ley, en moneda nacional, se...
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