SUCESIÓN PIZARRO SpA - 5 de Noviembre de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 877872785

SUCESIÓN PIZARRO SpA

Fecha de publicación05 Noviembre 2021
Número de registroCVE-2036377
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.095
CVE 2036377 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.095 | Viernes 5 de Noviembre de 2021 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 2036377
EXTRACTO
ALFREDO EDUARDO FONSECA MIHOVILOVIC, Abogado, Notario Público Interino
de Punta Arenas, con oficio en calle Veintiuno de Mayo número mil ciento veintitrés certifico:
Por escritura pública repertorio 2596-21 de 13 de octubre de 2021 ante mi: doña MARÍA JOSÉ
OPAZO PIZARRO, con domicilio en Lautaro Navarro N° 739, Punta Arenas; y doña MARÍA
BELÉN OPAZO PIZARRO, con domicilio en Pasaje Club Hípico N° 0643, Punta Arenas,
quienes vienen en constituir Sociedad por Acciones.- Razón Social: “SUCESIÓN PIZARRO
SpA”.- Objeto: a) La instalación, explotación, administración, construcción, el tomar y dar en
arrendamiento, representación de marcas, franquicias y concesiones, de establecimientos de
comida en general, restaurante, restobar, fuentes de soda, locales de comida rápida, comida
internacional, cafetería, salón de té, emporio, gelatería, bar, pub, centro de eventos, o cualquiera
clase de establecimiento público en donde se sirvan comidas preparadas y bebidas, alcohólicas y
analcohólicas, para ser consumidas en el mismo local, para llevar y/o delivery; y para la
organización de servicios de banquetes y producción de eventos en general, en locales propios o
ajenos; pudiendo comercializar, producir, elaborar, y procesar productos alimenticios, bebidas
analcohólicas, bebidas alcohólicas, platos preparados, emparedados y todo tipo de alimentos en
general; b) La importación, exportación, comercialización, compra, venta y distribución de todo
tipo de materiales, insumos, materias primas, maquinarias, equipos, accesorios o cualquier otro
elemento que sea necesario o conveniente para el desarrollo de las actividades señaladas
precedentemente; c) El desarrollo de cualquier otra actividad complementaria a las anteriores; El
ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas,
sociedades y/o particulares, sean estos nacionales o extranjeros; y d) Concurrir a la formación y/o
participar en toda clase de sociedades de personas, de capitales o anónimas, comunidades y
asociaciones en general.- Representación, administración y uso razón social: Será ejercida por
regla general de forma indistinta por doña MARÍA JOSÉ OPAZO PIZARRO y doña MARÍA
BELÉN OPAZO PIZARRO, con amplias facultades de administración y disposición enunciadas
en escritura extractada. Sin embargo, se deja especial constancia que es voluntad de los
accionistas establecer un régimen de administración especial, en el que deberán actuar
conjuntamente los administradores individualizados, para la celebración de actos o contratos
patrimoniales que importen constituir a la sociedad como aval o fiadora, la enajenación o
gravamen de los bienes de la sociedad, como asimismo para la celebración de mutuos o créditos
con particulares, o contratar préstamos, créditos, líneas de crédito o mutuos, o en general
cualquier contrato que implique adquirir obligaciones para con instituciones bancarias por una
cuantía superior a los diez millones de pesos, en moneda nacional o su equivalente en moneda
extranjera, ya sea en la totalidad del avalúo del acto o contrato, como en la sumatoria de varios
para un mismo propósito. De la misma forma, deberán actuar conjuntamente los administradores
individualizados, para el giro de cheques, giros bancarios u otras entidades financieras, siempre
que dichos actos o contratos sean por montos iguales o superiores a los diez millones de pesos,
en moneda nacional o su equivalente en moneda extranjera, ya sea en la totalidad del avalúo del
acto o contrato, como en la sumatoria de varios para un mismo propósito.- Capital: $23.000.000,
dividido en 23.000 acciones, sin valor nominal, de una misma serie, suscritas y pagadas.-
Duración: Indefinida.- Domicilio: Punta Arenas, sin perjuicio de las sucursales o agencias que se
establezcan en el país o en el extranjero.- Otras estipulaciones en escritura extractada.- Punta
Arenas, 03 DE NOVIEMBRE e de 2021.

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