Decreto 1005 EXENTO - FIJA ORDEN DE SUBROGACIÓN DEL SUBSECRETARIO DE ECONOMÍA Y EMPRESAS DE MENOR TAMAÑO - MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 401779646

Decreto 1005 EXENTO - FIJA ORDEN DE SUBROGACIÓN DEL SUBSECRETARIO DE ECONOMÍA Y EMPRESAS DE MENOR TAMAÑO

EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyDecreto
Fecha de entrada en vigor12 de Octubre de 2012

FIJA ORDEN DE SUBROGACIÓN DEL SUBSECRETARIO DE ECONOMÍA Y EMPRESAS DE MENOR TAMAÑO

Núm. 1.005 exento.- Santiago, 8 de octubre de 2012.- Vistos: Lo dispuesto en los artículos 32 N° 8 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile; la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado en el decreto con fuerza de ley 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en el decreto N°19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en el decreto exento N° 163 de 2012, del Ministerio de Economía Fomento y Turismo; y en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

Considerando: Que por razones de buen servicio es necesario fijar el orden se subrogación del cargo de Subsecretario de Economía y Empresas de Menor Tamaño, en caso de ausencia o impedimento de éste.

Decreto:

Artículo primero

Fíjase a contar de esta fecha, en caso de ausencia o impedimento del titular el siguiente orden de subrogación del cargo de Subsecretario de Economía y Empresas de Menor Tamaño:

  1. - Macarena Letelier Velasco, Rut N° 13.025.932-4, Jefe de División, Grado 4° de la EUR de la Planta de Directivos del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.

  2. - Christian Delso Sepúlveda, Rut N° 9.889.297-4, Secretario Regional Ministerial, Grado 5° de la EUR de la Planta de Directivos del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.

  3. - Pamela Arellano Pérez, Rut N° 12.935.989-7, Jefe de División, Grado 5° de la EUR de la Planta de Directivos del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.

Artículo segundo

Por razones de buen servicio, el presente decreto entrará en vigencia en forma inmediata, aún antes de su total tramitación.

Artículo tercero

Derógase el decreto exento N°163, de 2012, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.

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