SS CONSULTING LIMITADA 76.118.223-4 - 1 de Junio de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 932759277

SS CONSULTING LIMITADA 76.118.223-4

Número de registroCVE-2323894
Fecha de publicación01 Junio 2023
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.566
CVE 2323894 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.566 | Jueves 1 de Junio de 2023 | Página 1 de 2
Empresas y Cooperativas
CVE 2323894
EXTRACTO
IVAN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público titular de la trigésima tercera Notaria de
Santiago, con Domicilio en Huérfanos N°979, oficina 501, certifico: Por escritura pública de
fecha 16 de febrero del año 2023, otorgada ante mí, don SALVADOR IGOR CHANCEREL
GONZÁLEZ, cédula nacional de identidad número quince millones setecientos ochenta y cuatro
mil veintisiete guion cuatro; don DIEGO RICARDO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ, cédula
nacional de identidad número dieciséis millones novecientos cuarenta y un mil doscientos treinta
y tres guion dos; doña SIXBEL MARÍA FIGUEROA AGREDA, cédula de identidad para
extranjeros número veintidós millones novecientos doce mil quinientos setenta y nueve guion
seis; doña SOLEDAD DE LAS MARGARITAS GONZÁLEZ MUÑOZ, cédula de identidad
número siete millones doscientos noventa y nueve mil ciento diecisiete guion seis; todos con
domicilio para estos efectos en calle Román Diaz mil quince, comuna de Providencia, Santiago.
acordaron cesión de derechos y modificación de sociedad en “SS CONSULTING LIMITADA”,
inscrita a fs. 52.518 N° 36.584, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes de
Santiago, correspondiente al año 2010, en los siguientes términos: UNO) a)DIEGO RICARDO
RODRÍGUEZ GONZÁLEZ, vende, cede y transfiere el veinte por ciento de los derechos
sociales de los cuales es dueño en la sociedad “SS CONSULTING LIMITADA” a SOLEDAD
DE LAS MARGARITAS GONZÁLEZ MUÑOZ, quien compra, acepta y adquiere para si
previamente individualizado en la comparecencia. El precio acordado para la cesión y venta de
derechos sociales previamente operada, asciende a la suma de doscientos mil pesos, la que
SOLEDAD DE LAS MARGARITAS GONZÁLEZ MUÑOZ, paga al cedente en el acto. Las
partes renuncian en forma previa y anticipada a la acción resolutoria que pudiere derivar del
presente acto, otorgándose en forma anticipada el más amplio y total finiquito respecto de esta
operación. Por su parte, los socios SALVADOR IGOR CHANCEREL GONZÁLEZ, y SIXBEL
MARÍA FIGUEROA AGREDA, manifiestan su absoluto acuerdo con la cesión de derechos
sociales previamente operada, aceptando en forma explícita la cesión de derechos en la
proporción señalada. b) SIXBEL MARÍA FIGUEROA AGREDA, vende, cede y transfiere el
veinte por ciento de los derechos sociales de los cuales es dueña en la sociedad “SS
CONSULTING LIMITADA” a SOLEDAD DE LAS MARGARITAS GONZÁLEZ MUÑOZ
quien compra, acepta y adquiere para si previamente individualizado en la comparecencia. El
precio acordado para la cesión y venta de derechos sociales previamente operada, asciende a la
suma de doscientos mil pesos, la que SOLEDAD DE LAS MARGARITAS GONZÁLEZ
MUÑOZ, paga a la cedente en el acto. Las partes renuncian en forma previa y anticipada a la
acción resolutoria que pudiere derivar del presente acto, otorgándose en forma anticipada el más
amplio y total finiquito respecto de esta operación. Por su parte, SALVADOR IGOR
CHANCEREL GONZÁLEZ, manifiesta su absoluto acuerdo con la cesión de derechos sociales
previamente operada, aceptando en forma explícita la cesión de derechos en la proporción
señalada. c) SIXBEL MARÍA FIGUEROA AGREDA, vende, cede y transfiere el veinte por
ciento de los derechos sociales de los cuales es dueña en la sociedad “SS CONSULTING
LIMITADA” a SALVADOR IGOR CHANCEREL GONZÁLEZ quien compra, acepta y
adquiere para si previamente individualizado en la comparecencia. El precio acordado para la
cesión y venta de derechos sociales previamente operada, asciende a la suma de doscientos mil
pesos, el que SALVADOR IGOR CHANCEREL GONZÁLEZ, paga a la cedente en el acto. Las
partes renuncian en forma previa y anticipada a la acción resolutoria que pudiere derivar del
presente acto, otorgándose en forma anticipada el más amplio y total finiquito respecto de esta
operación. Por su parte, SOLEDAD DE LAS MARGARITAS GONZÁLEZ MUÑOZ,
manifiesta su absoluto acuerdo con la cesión de derechos sociales previamente operada,
aceptando en forma explícita la cesión de derechos en la proporción señalada. Como resultado de
las cesiones de derechos sociales previamente operadas, quedan como únicos SALVADOR
IGOR CHANCEREL GONZÁLEZ, titular del cuarenta por ciento de los derechos sociales;

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