Sotavento SpA - 15 de Marzo de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 899460030

Sotavento SpA

Fecha de publicación15 Marzo 2022
Número de registroCVE-2095671
SecciónPublicaciones Judiciales
Número de Gaceta43.203
CVE 2095671 |Director Interino: Jaime Sepúlveda O.
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública III
SECCIÓN
JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES. VARIAS
Núm. 43.203 | Martes 15 de Marzo de 2022 | Página 1 de 2
Publicaciones Judiciales
CVE 2095671
NOTIFICACIÓN
4° Juzgado Civil de Antofagasta, Rol C-1397-2021, caratulado “/Sotavento SpA” se ordenó
con fecha 30 de junio 2021, notificar por aviso extractado la demanda y su proveído a Sotavento
SpA. En Liquidación RUT: 76.253.366-9, representada legalmente por doña Romina Valeska
Escudero. En Lo Principal: Samuel Ossa Ilabaca, abogado, Liquidador Concursal Titular de la
empresa deudora Sotavento SpA en liquidación, por quien actúa en autos en causa sobre
liquidación forzosa de empresa deudora Sotavento SpA, caratulado Empresa Nacional de
Energías Enex S.A./ Sotavento SpA”, Rol C-3293-2018; Se ordenó con fecha 14 de enero de
2022, notificar por aviso extractado la demanda y su proveído a Inmobiliaria e Ingeniería Hight
Chile S.A., RUT: 76.509.732-0, representada legalmente por don Mauricio Alejandro Lizana
Zamudio. En lo principal: Samuel Ossa Ilabaca, abogado, Liquidador Concursal Titular de la
empresa deudora Sotavento SpA en liquidación, por quien actúa en autos en causa sobre
liquidación forzosa de empresa deudora Sotavento SpA., caratulado “Empresa Nacional de
Energías Enex S.A./ Sotavento SpA”, Rol C-3293-2018. Tener por deducida acción revocatoria
concursal en juicio sumario en contra de la sociedad Sotavento SpA, representada por Romina
Escudero Vinciguerra, y en contra de la sociedad Inmobiliaria e Ingeniería Hight Chile S.A.,
representada por Mauricio Lizana Zamudio y a la sociedad Sotavento SpA, representada por
Romina Escudero Vinciguerra, y en contra de la sociedad Inmobiliaria e Ingeniería Hight Chile
S.A., representada por Mauricio Lizana Zamudio, todos ya individualizados, a fin de que S.S.
declare: 1. Que se deje sin efecto la escritura pública de compraventa suscrita con fecha 4 de
septiembre de 2017 ante Notario Público de Santiago doña Valeria Ronchera Flores, por la cual
se transfirió el dominio del inmueble ubicado en Leopoldo Quinteros N° 04025, sitio número 15,
del Conjunto Habitacional Valle del Mar, Etapa XII, Costado Sur Jardines del Sur, comuna de
Antofagasta. 2. En razón de lo anterior, se ordene la restitución del inmueble antes descrito al
patrimonio de la empresa deudora en liquidación Sotavento SpA; y, en consecuencia, se cancele
la inscripción de fojas 3824, número 5774 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes
Raíces de Antofagasta del año 2017. 3. Se determine, conforme el artículo 292 de la ley 20.720,
el monto que corresponde a la diferencia entre el valor del acto o contrato revocado, y el que
corresponde al valor comercial a la época de celebración. 4. Que se condene en costas a las
demandadas. Con fecha 2 de junio de 2021 el tribunal resuelve: A lo principal: Téngase por
interpuesta acción revocatoria concursal. Vengan las partes a comparendo de contestación y
conciliación, el cual será determinado una vez constatada la respectiva notificación. De
conformidad con el artículo 2 de la ley 18.120, notifíquese por cédula a la empresa demandada a
través de su apoderado. Notifíquese personalmente al segundo demandado. Al primer otrosí:
téngase por acompañados los documentos indicados, con citación. Al segundo otrosí y tercer
otrosí: téngase presente patrocinio y poder. Con fecha 30 de junio de 2021 el tribunal resuelve:
Proveyendo presentación de folio: A lo principal: Como se pide, atendido el mérito de los
antecedentes, notifíquese de conformidad con lo dispuesto en el artículo 54 del Código de
Procedimiento Civil, debiéndose además insertar en el Diario Oficial conforme a la norma citada.
Al otrosí: Téngase por acompañados los documentos, con citación. Con fecha 17 de febrero de
2022 el tribunal resuelve: Antofagasta, diecisiete de febrero de dos mil veintidós. Atendido a la
proximidad del comparendo de contestación y conciliación fijado, no constando notificación a
los demandados de la actual acción revocatoria, se re-agenda el comparendo previamente
indicado para el día 17 de marzo de 2022, a las 09:30 horas, la que se realizará bajo la modalidad
de videoconferencia en plataforma Zoom. Se solicita a quienes deban comparecer que señalen
número telefónico y correo electrónico de contacto con a lo menos 48 horas de anticipación a la
audiencia programada, a fin de coordinar la realización de ésta a través del sistema de
videoconferencia ya referido, debiendo comunicar los datos y remitir copia de carnet de
identidad de los comparecientes a la Coordinadora del Tribunal, al correo electrónico:
jocaranza@pjud.cl y a Felipe Castro, correo electrónico fcastrom@pjud.cl. Para los efectos de

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR