Decreto núm. 14 EXENTO, publicado el 30 de Agosto de 1999. TASAS DE DERECHOS A SOLICITUDES DE LA LEY Nº 17.798 SOBRE CONTROL DE ARMAS Y ELEMENTOS SIMILARES
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL |
Rango de Ley | Decreto |
TASAS DE DERECHOS A SOLICITUDES DE LA LEY Nº 17.798 SOBRE CONTROL DE ARMAS Y ELEMENTOS SIMILARES
Santiago, 5 de julio de 1999.- Con esta fecha se ha decretado lo siguiente:
Núm. 14 exento.- Visto:
-
Lo dispuesto en el artículo 26, inciso 1 y 2 de la ley Nº 17.798, agregado por el artículo 1 del decreto ley Nº 2.553 de 1978;
-
Lo dispuesto en el Nº 8 del artículo 32 de la Constitución Política de la República de Chile;
-
La resolución Nº 55 de 24.ENE.992, de la Contraloría General de la República;
-
D/S Nº 654 de 17.MAY.994, Artículo Primero Nº 53, que faculta a los Ministros de Estado para firmar ''Por Orden del Presidente de la República'', y
-
Lo propuesto por la Dirección General de Movilización Nacional.
D e c r e t o:
-
Fíjase para regir en el segundo semestre de 1999, las Tasas de Derechos a las solicitudes y diligencias relacionadas con la ley Nº 17.798, sobre Control de Armas y Elementos Similares, de acuerdo al siguiente detalle:
Item Solicitud Tasa
-
SOLICITUD Y DILIGENCIAS RELACIONADAS CON ARMAS Y MUNICIONES
Inscripciones:
01* Solicitud para construir, legalizar, ampliar, modificar,
inscribir o renovar inscripción de fábrica o armaduría
(incluyendo industria, plantas independientes y polígonos
de tiro, para comer-
ciantes, importadores y
reparadores de armas) $ 26.127.-
02* Solicitud para inscribirse o
renovar inscripción
anual en los registros nacionales de:
-
-
Importador de armas, municiones, sus
componentes y
elementos similares (cada rubro) $ 26.127.-
-
Importador de material bélico $ 26.127.-
-
Exportador de armas, municiones,
sus componentes y ele-
mentos similares (cada rubro) $ 26.127.-
-
Exportador de material bélico $ 26.127.-
-
Comerciantes en armas, municiones, sus
componentes
y elementos similares (cada rubro) $ 26.127.-
-
Comerciante en material bélico $ 26.127.-
03* Solicitud para inscribirse o renovar
inscripción anual en el registro
nacional como ''Consumidor Habitual'' de:
-
Municiones (sólo para Clubes de Tiro
y Caza afiliados a la
respectiva federación) $ 12.890.-
-
Cartuchos industriales $ 12.890.-
-
Elementos Pirotécnicos de
señales y seguridad para salvataje $ 12.890.-
04* Solicitud para inscribirse en el
Registro Nacional de Deportista $ 12.890.-
05* Solicitud para inscribirse en el
Registro Nacional de Coleccionista $ 26.127.-
06 Solicitud para inscribirse o
renovar inscripción en el Registro Nacio-
nal de Reparadores de Armas. (Anual) $ 12.890.-
07 Solicitud de inscripción:
-
Un arma de fuego (incluye armas de
colección y aquellas
inutilizadas), una máquina lanzadora,
de disparo o elemen-
tos similares a un arma de fuego $ 5.480.-
-
Una máquina recargadora de
cartuchos de caza $ 26.127.-
Porte de Armas:
08 Solicitud para portar arma de fuego:
-
Un arma de puño defensa personal $ 20.500.-
-
Un arma de caza o deporte $ 6.870.-
-
Un arma para protección y seguridad $ 12.890.-
Adquisiciones:
09 Solicitud para adquirir elementos
sometidos a control (comerciantes
inscritos) $ 26.127.-
10 Solicitud para adquirir un arma
de fuego (particulares) $ 12.890.-
11 Solicitud para adquirir municiones:
-
Cartuchos para escopetas por personas
sin permisos para
portar armas de caza o deporte,
máximo 3.000 cartuchos por
cada solicitud para adquirir $ 2.640.-
-
Cartuchos calibre 22 (por persona
sin permiso para portar
arma de deporte). Máximo 200
cartuchos por cada solicitud
para adquirir $ 2.640.-
-
Cartuchos para armas de otros
calibres máximo 100 cartuchos
por cada solicitud para adquirir $ 2.640.-
-
Cartuchos para Clubes de Tiro y/o
caza afiliados a una Fe-
deración e inscritos como consumidores
habituales de muni-
ción (según almacenamiento autorizado
por resolución de la
Dirección General) $ 12.890.-
-
Componentes de cartuchos de caza
cada 4,5 Kgs. de pólvora,
3.000 vainillas y 3.000 fulminantes,
para particulares o
clubes de tiro con máquina
recargadora de cartuchos inscrita $ 2.640.-
12 Solicitud para adquirir cartuchos
industriales (cada 5.000),
bengalas de mano, bombas de humo,
cohetes con paracaídas, boyas
humo-luz, lanzacabos y
electroshock y cualquier otro
elemento de característi-
cas similares $ 1.250.-
13 Solicitud para adquirir
(transferencia) armas de
fuego, máquinas
recargadoras y otros elementos
similares ya inscritos, por cada uno $ 12.890.-
14 Solicitud para adquirir una
máquina recargadora de cartuchos de
caza $ 25.270.-
15 Solicitud para adquirir repuestos
mayores para armas de fuego
(cierre, cañón, cajón de
mecanismo o básculas y
otros conjuntos de
piezas completos) $ 5.480.-
16 Solicitud para adquirir
un arma para Servicio de
Vigilantes Privados
autorizado por decreto del
Ministerio del Interior $ 12.890.-
17 Solicitud para adquirir
cartuchos para armas de
Servicio de Vigilan-
tes Privados autorizados
(hasta o cada 100 cartuchos) $ 2.640.-
Otras solicitudes:
18 Solicitud para modificar el
diseño o características de
envase de un producto
inscrito u otra modificación
menor de sus especificaciones
o normas $ 8.170.-
19 Solicitud de personas
jurídicas para tenencia e
inscripción de más de
2 (dos) armas de fuego $ 26.127.-
20 Solicitud de personas jurídicas
para entregar armas en comodato $ 12.890.-
-
SOLICITUDES Y DILIGENCIAS RELACIONADAS CON EXPLOSIVOS, PRODUCTOS QUIMICOS Y FUEGOS ARTIFICIALES
Inscripciones:
21* Solicitud para construir,
ampliar, inscribir o renovar
inscripción de fábricas o
camiones-fábrica de explosivos,
accesorios y componen-
tes $ 26.127.-
22* Solicitud para construir, legalizar
o renovar inscripción anual
de polvorines, canchas y silos
de nitrato de amonio según
capacidad autorizada de
dinamita 60% o su equivalente
en otro explosivo:
-
-
Hasta 70 Kgs. de dinamita al 60%
o su equivalente en otros
explosivos. $ 2.130 RECTIFICACION
-
Sobre 70 y hasta 1.000 Kgs. dinamita D.O. 10.09.1999
al 60% o su equi-
valente en otros explosivos $ 12.890.-
-
Sobre 1.000 Kgs. dinamita al 60%
o su equivalente en otros
explosivos $ 26.127.-
23* Solicitud para inscribirse o
renovar inscripción en los
siguientes registros nacionales de:
-
Importador de explosivos, accesorios
y partes componentes $ 26.127.-
-
Importador de productos
químicos, gases irritantes, o elemen-
tos pirotécnicos o fuegos artificiales $ 26.127.-
-
Exportador de explosivos,
accesorios y partes componentes $ 26.127.-
-
Exportador de productos químicos,
gases irritantes, o elemen-
tos pirotécnicos o fuegos artificiales $ 26.127.-
-
Comerciante de explosivos,
accesorios y partes componentes $ 26.127.-
-
Comerciante de productos químicos,
gases irritantes, o ele-
mentos pirotécnicos o fuegos
artificiales $ 26.127.-
24* Solicitud para inscribirse o
renovar inscripción en el
Registro Nacional de
Consumidor Habitual de
Explosivos, como:
-
Pirquinero, materialero,
cantero independiente o pequeño
minero (renovación cada dos
años según decreto supremo
Nº 73 de 04.DIC.991) $ 2.130.-
-
Empresas constructoras o
contratistas, pequeña minería
(renovación anual según Reglamento
Complementario de
la ley Nº 17.798) $ 8.170.-
-
Mediana y gran minería y otras empresas $ 26.127.-
25* Solicitud para inscribirse o
renovar inscripción...
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