Solicitud número 22-SP40345.- Rural Telecommunications Chile S.A. - 23 de Mayo de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 932016174

Solicitud número 22-SP40345.- Rural Telecommunications Chile S.A.

Fecha de publicación23 Mayo 2023
Número de registroCVE-2317263
SecciónNormas Particulares
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Número de Gaceta43.558
CVE 2317263 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública II
SECCIÓN
DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR
Núm. 43.558 | Martes 23 de Mayo de 2023 | Página 1 de 2
Normas Particulares
CVE 2317263
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Subsecretaría de Telecomunicaciones / División Concesiones
EXTRACTO 22-SP40345
Se ha recibido en la Subsecretaría de Telecomunicaciones una solicitud, presentada por la
sociedad RURAL TELECOMMUNICATIONS CHILE S.A., RUT Nº 96.956.550-1, con
domicilio en Avenida del Valle Nº 928, oficina Nº 101, comuna de Huechuraba, Región
Metropolitana de Santiago, en el sentido de modificar la concesión de Servicio Público de
Transmisión, otorgada por decreto supremo Nº 6 de 2001, del Ministerio de Transportes y
Telecomunicaciones, a objeto de:
1. Ampliar la asignación de frecuencias y características de estaciones terrenas, de acuerdo
al siguiente detalle:
2. Ampliar la zona de servicio al Territorio Nacional, incluido la zona insular de Isla de
Pascua y la Antártica Chilena.
3. Los plazos serán los que se indican a continuación:
La presente publicación se hace de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 15º de la Ley Nº
18.168 de 1982, Ley General de Telecomunicaciones, a objeto de que el que tenga interés en ello
pueda oponerse a la concesión, dentro del plazo de 30 días hábiles contados desde la presente
publicación. De existir oposición a la solicitud de modificación, ésta deberá presentarse por
escrito ante el Ministro de Transportes y Telecomunicaciones, ser fundada, adjuntar todos los

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