Solicitud número 19-SP144843.- Comercial Netxtreme Limitada - 10 de Junio de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 868838720

Solicitud número 19-SP144843.- Comercial Netxtreme Limitada

Número de registroCVE-1957972
Fecha de publicación10 Junio 2021
SecciónNormas Particulares
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Número de Gaceta42.975
CVE 1957972 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública II
SECCIÓN
DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR
Núm. 42.975 | Jueves 10 de Junio de 2021 | Página 1 de 1
Normas Particulares
CVE 1957972
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Subsecretaría de Telecomunicaciones / División Concesiones
EXTRACTO 19-SP144843
Se ha recibido en la Subsecretaría de Telecomunicaciones una solicitud presentada por
COMERCIAL NETXTREME LIMITADA, RUT Nº 76.182.199-7, con domicilio en Camino
Águila Norte, Parcela N° 18, comuna de Paine, Región Metropolitana de Santiago, en el sentido
de modificar su concesión de Servicio Público de Transmisión de Datos, otorgado por decreto
supremo N° 78, de 2019, a objeto de:
1. Instalar, operar y explotar una red de fibra óptica, FTTH (fibra óptica hasta el hogar), en
la comuna de Paine, Región Metropolitana de Santiago, según se indica a continuación:
Ubicación:
Las interconexiones a las redes públicas existentes, serán a través de medios propios o de
terceros debidamente autorizados.
La fibra óptica ocupará un tendido por las siguientes calles: Las Acacias, El Camaño, Diego
Portales, Ruta G-556, Las Bodegas Sur, Diego Portales Sur, Unión Norte, Ruta G-54, Caletera
Ruta 5 Sur y Presidente Prieto. comuna de Paine.
2. Los plazos serán los que se indican a continuación:
La presente publicación se hace de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 15º de la ley Nº
18.168, de 1982, Ley General de Telecomunicaciones, a objeto de que el que tenga interés en
ello pueda oponerse a la modificación de concesión, dentro del plazo de 30 días hábiles contados
desde la presente publicación. De existir oposición a la solicitud de modificación, ésta deberá
presentarse por escrito ante la Ministra de Transportes y Telecomunicaciones, ser fundada,
adjuntar todos los medios de prueba que acrediten los hechos que la fundamentan y fijar
domicilio dentro del radio urbano de la comuna de Santiago.- Por orden de la Subsecretaria de
Telecomunicaciones, Francisco Edgardo Miranda Olivos, Jefe División Concesiones (S).

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