Solicitud Comunidad de Aguas Canal San Pedro - 1 de Diciembre de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 915697596

Solicitud Comunidad de Aguas Canal San Pedro

Fecha de publicación01 Diciembre 2022
Número de registroCVE-2223742
SecciónNormas Particulares
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Número de Gaceta43.415
CVE 2223742 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública II
SECCIÓN
DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR
Núm. 43.415 | Jueves 1 de Diciembre de 2022 | Página 1 de 1
Normas Particulares
CVE 2223742
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Dirección General de Aguas / Solicitudes de Derechos de Aguas
COMUNA DE RENGO
Publicaciones conforme al artículo 131 del Código de Aguas
Solicitud de regularización de derecho de aprovechamiento de aguas superficiales
Agustina Basilisa Sedano Lorca, C.I. N° 6.608.891-K, Manuel Andrés Sedano Lorca, C.I.
N° 6.331.843-4 y Mateo Segundo Sedano Lorca, C.I. N° 7.148.290-1, solicitan regularizar e
inscribir derechos de aprovechamiento de aguas superficiales y corrientes no inscritos, captación
gravitacional, de uso consuntivo, de ejercicio permanente y continuo, de 0,75 regadores o
acciones de la COMUNIDAD DE AGUAS CANAL SAN PEDRO de la comuna de Malloa,
equivalentes a 2,5 lts./seg., los que se captan gravitacionalmente en la Segunda Sección del Río
Claro de Rengo, en un punto ubicado en coordenadas UTM Norte 6.191.795 metros y Este
332.357 metros, datum PSAD 1956, Huso 19, Provincia de Cachapoal, Región del Libertador
General Bernardo O'Higgins, de acuerdo al artículo segundo transitorio del Código de Aguas,
sumando la posesión de sus antecesores en el dominio ha estado usando en forma continua e
ininterrumpida este derecho de aprovechamiento de aguas, desde antes de la dictación del
Código de Aguas de 1981, libre de clandestinidad y violencia y sin reconocer dominio ajeno,
destinado al riego del predio agrícola denominado “El Olivo”, rol N° 124-26 de la comuna de
Malloa.

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