Decisión nº C2212-16, de Consejo de Transparencia de 4 de Noviembre de 2016 - Doctrina Administrativa - VLEX 663576861

Decisión nº C2212-16, de Consejo de Transparencia de 4 de Noviembre de 2016

Fecha de Resolución 4 de Noviembre de 2016
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaTrabajo

DECISIÓN AMPARO ROL C2212-16

Entidad pública: Superintendencia de Seguridad Social.

Requirente: Soledad Luttino Rojas.

Ingreso Consejo: 11.07.2016.

En sesión ordinaria N° 751 del Consejo Directivo, celebrada el 4 de noviembre de 2016, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del amparo rol C2212-16.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 9 de junio de 2016, doña Soledad Luttino Rojas, solicitó a la Superintendencia de Seguridad Social -en adelante e indistintamente SUCESO-, la siguiente información: "De acuerdo a las presentaciones efectuadas por la suscrita, me permito solicitar copias separadas de cada una de la resoluciones efectuadas por expediente abiertos por la SUSES adjuntando los respectivos informes de las comisiones médicas y si corresponde sustento jurídico al respecto en cada una de ellas".

2) AUSENCIA DE RESPUESTA Y AMPARO: El 11 de julio de 2016, la solicitante dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra del referido Órgano de la Adminstracion del Estado, fundado en no haber recibido respuesta.

3) DESCARGOS Y OBSERVACIONES DEL ORGANISMO: El Consejo Directivo de esta Corporación acordó admitir a tramitación este amparo, confiriendo traslado al Sr. Superintendente de Seguridad Social, mediante oficio N° 7169, de fecha 21 de julio de 2016.

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