Causa nº 10899/2014 (Otros). Resolución nº 147949 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 7 de Julio de 2014 - Jurisprudencia - VLEX 518774822

Causa nº 10899/2014 (Otros). Resolución nº 147949 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 7 de Julio de 2014

Fecha de Resolución 7 de Julio de 2014
MovimientoINADMISIBLE,UNIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA
Rol de Ingreso10899/2014
Rol de Ingreso en Cortes de Apelación66-2014 C.A. de San Miguel
Rol de Ingreso en Primer InstanciaO-317-2013 JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SAN BERNARDO
EmisorSala Cuarta (Mixta)

Santiago, siete de julio de dos mil catorce.

Vistos y teniendo presente:

Primero

Que en conformidad a lo dispuesto en el inciso 7° del artículo 483 A del Código del Trabajo, se ha ordenado dar cuenta de admisibilidad del recurso de unificación de jurisprudencia deducido por la parte demandada, a fojas 77.

Segundo

Que el legislador laboral ha señalado que constituyen requisitos de admisibilidad del recurso de unificación de jurisprudencia que deben ser controlados por esta Corte, la oportunidad del mismo (inciso primero del artículo 483 A del mismo cuerpo de leyes) y la existencia de fundamento, debiendo incluir una relación precisa y circunstanciada de las distintas interpretaciones respecto de las materias de derecho objeto de la sentencia, sostenidas en diversos fallos emanados de los Tribunales Superiores de Justicia, y acompañarse copia del o los fallos que se invocan como fundamento (inciso 2° de la disposición citada).

Tercero

Que la materia de derecho pretendida en estos autos por la demandada se plantea en relación a la aplicación de las normas contempladas en el Código del Trabajo a la relación laboral regida por la Ley 19378.

Cuarto

Que la recurrente sustenta su recurso en que la interpretación verificada por los Ministros de la Corte de Apelaciones ha sido errada en cuanto han rechazado su recurso de nulidad, validando la sentencia que acoge la demanda declarando injustificado el despido por aplicación de las normas del Código del Trabajo, en circunstancias de que debió rechazarse, toda vez que la relación laboral se encuentra regida por leyes especiales.

Quinto

Que dada la conceptualización que el legislador ha hecho del recurso en estudio, constituye un factor necesario para alterar la orientación jurisprudencial de los tribunales superiores de justicia acerca de alguna determinada materia de derecho “objeto del juicio”, la concurrencia de, al menos, dos resoluciones que sustenten distinta línea de razonamiento al resolver litigios de idéntica naturaleza. De esta manera, no se aviene con la finalidad y sentido del especial recurso en análisis, entender como una contraposición a la directriz jurisprudencial la resolución que pone fin a un conflicto suscitado sobre hechos distintos o en el ámbito de acciones diferentes, en tanto ello supone, necesariamente, la presencia en aquél de elementos disímiles, no susceptibles de equipararse o de ser...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR