SOCIEDAD DE TRANSPORTES E INVERSIONES LAS LOICAS LIMITADA - 16 de Febrero de 2019 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 875180454

SOCIEDAD DE TRANSPORTES E INVERSIONES LAS LOICAS LIMITADA

Fecha de publicación16 Febrero 2019
Número de registroCVE-1547975
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta42.282
CVE 1547975 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 42.282 | Sábado 16 de Febrero de 2019 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 1547975
EXTRACTO
IVAN ANDRES TOLEDO MORA, Abogado Notario Público suplente del Titular don
EVALDO DANIEL REHBEIN UTRERAS, con oficio en calle Lautaro Navarro N° 1048, de
Punta Arenas Certifica: Por escritura pública, de fecha 29.01.2019, Repertorio N° 248/2019,
Luisa Montiel Aguayo, CI, 8.799.341-8, domiciliada en Avenida Ignacia Leiva N° 2759, Punta
Arenas; y don Sebastián Alejandro Leiva Montiel, CI 18.208.978-8, domiciliado Avenida
Ignacia Leiva N° 2759, Punta Arenas, Constituyeron una sociedad comercial de responsabilidad
limitada, y su RAZON SOCIAL Y DOMICILIO: será “SOCIEDAD DE TRANSPORTES E
INVERSIONES LAS LOICAS LIMITADA", con el nombre de fantasía de "LAS LOICAS
LTDA." Su domicilio será la ciudad de Punta Arenas, sin perjuicio de las sucursales,
representaciones o agencias que establezca en otras ciudades del país. El objeto de la presente
sociedad será el Transporte urbano, interurbano, nacional e internacional de pasajeros, cargas,
encomiendas y fletes; por cuenta propia o ajena, en vehículos propios o de terceros, y en general,
toda clase actividades relacionadas con el transporte como el arriendo de todo tipo de vehículos
motorizados con o sin chofer, camiones y maquinarias pesadas; b) Leasing operacional; c)
Servicios de lubricación, reparación de frenos, compra y venta, distribución de repuestos y
accesorios, electricidad y mecánica en general de cualquier tipo de vehículos motorizados o no y
mantención de los mismos; d) Desarrollar la actividad del turismo nacional e internacional, en
sus diversas formas; e) Administración, representación y explotación de franquicias comerciales
nacionales e internacionales, el desempeño en Chile de agencias o representaciones de empresas
extranjeras, como de cualquiera otra comisión o mandato mercantil; y asimismo, el desempeño
de agencias o representaciones en el exterior de empresas o mandantes chilenos; f) Explotación o
administración de todo tipo de restaurantes, pubs, cafeterías, y en general de establecimientos de
comercio relacionados con el giro de gastronomía, alimentación para servirse, llevar o despachar
a domicilio, eventos en establecimientos propios o ajenos; g) Compra, venta, representación y
distribución de toda clase de bebidas, mistelas y licores; sean alcohólicas o analcohólicas; h)
Distribución, promoción, representación, manufacturación, embarcación, consolidación,
ensamblaje, armaduría, fabricación de ramplas, remolques y semirremolques, prestación de
servicios, importación, exportación, reexpedición, redestinación, consignación, comercialización,
fabricación, compra y venta de toda clase de bienes y mercancías nacionales, nacionalizadas o
extranjeras; especialmente vehículos motorizados, repuestos, accesorios y demás artículos
relacionados con el ramo; al por mayor y/o al detalle, por cuenta propia o de terceros. La
sociedad podrá ejecutar total o parcialmente su giro en forma directa o por medio de otra u otras
sociedades de las que forme parte o constituya al efecto, y desarrollar cualquier otro acto o
negocio lícito que derive de anteriores, los complemente o sea consecuencia de los mismos,
pudiendo para ello actuar incluso bajo el amparo del sistema especial de Zona Franca u otros
regímenes aduaneros especiales, como asimismo, en el régimen ordinario de importación,
exportación; tributario y aduanero de la República de Chile. El capital social será la suma de diez
millones de pesos, que los socios aportan y enteran de la siguiente manera: UNO.- doña Luisa
Montiel Aguayo, aporta la suma de CINCO MILLONES DE PESOS, equivalente al cincuenta
por ciento del haber social, que se entera en dinero en efectivo los que ingresan directamente al
haber social; DOS.- A su vez don Sebastián Alejandro Leiva Montiel aporta en este acto y en
dinero efectivo la cantidad de CINCO MILLONES DE PESOS que ingresan directamente al
haber social y que es equivalente al cincuenta por ciento del haber. La administración,
representación y el uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá a ambos socios
de manera conjunta, sin posibilidad que funcionen de manera separada cada uno, quienes
actuando en conjunto por la sociedad, anteponiendo la razón social a su firma, la representarán
con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos. Demás estipulaciones
escritura extractada. Punta Arenas, 14 de febrero de 2019.- Punta Arenas 14-02-2019.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR