SOCIEDAD REPARCAR LIMITADA - 27 de Julio de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 908033188

SOCIEDAD REPARCAR LIMITADA

Fecha de publicación27 Julio 2022
Número de registroCVE-2162734
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.312
CVE 2162734 |Director Interino: Jaime Sepúlveda O.
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.312 | Miércoles 27 de Julio de 2022 | Página 1 de 2
Empresas y Cooperativas
CVE 2162734
EXTRACTO
RUBEN REINOSO HERRERA, Abogado, Notario Público Titular, Cuarta Notaría La
Serena, Cordovez 405, certifica: Por escritura pública de fecha 19 de julio de 2022, bajo el
repertorio Nº 5768, ante mí, hoy: INÉS CECILIA DELGADO NÚÑEZ, chilena, casada y
separada de bienes, empresaria, C.I. 5.400.047-2; y VIRGINIA CECILIA GAMEZ ÁLVAREZ,
chilena, soltera, empresaria, C.I. 9.955.906-3, ambas domiciliadas Balmaceda 2.661, La Serena,
comparecen además JUAN ENRIQUE TORRES BAHAMONDES, chileno, soltero,
comerciante, C.I. 14.421.046-8, domiciliado calle Las Casas 1010, La Serena; y JUAN CARLOS
ANABALÓN LUNA, chileno, divorciado, comerciante, C.I. 11.983.610-7, domiciliado en Avda.
Circunvalación Monjitas 3080, La Serena; modificaron sociedad de responsabilidad limitada
“SOCIEDAD REPARCAR LIMITADA”; o “REPARCAR LTDA.” R.U.T. 76.407.568-4. Acto
social original consta escritura pública 29 enero 2015 otorgada ante Notario Público de 1°
Notario de Coquimbo Claudio Barrena Eyzaguirre; inscrita fojas 166 Nº86 Registro Comercio
Conservador Comercio La Serena año 2015, y publicado Diario Oficial N° 41.071 de 6 febrero
2015. Dicha sociedad no ha sido modificada anteriormente. La Sociedad tiene un capital de
$5.000.000.- Las partes vienen común acuerdo modificar dicha sociedad siguiente sentido: De
conformidad a lo expuesto en escritura social referida, la socia INÉS CECILIA DELGADO
NÚÑEZ posee un 80% del haber social; y VIRGINIA CECILIA GAMEZ ÁLVAREZ posee un
20% del haber social. Por la presente INÉS CECILIA DELGADO NÚÑEZ vende, cede y
transfiere el total de sus derechos sociales equivalentes al 80% del total del haber social a JUAN
ENRIQUE TORRES BAHAMONDES, quien compra, acepta y adquiere para sí los citados
derechos, declarando recibirlos en este acto a entera y total satisfacción, derecho que la cedente
declara no estar afectos a limitación de dominio alguna. El precio de la cesión es la suma de
$4.000.000.- que el cesionario ha pagado con anterioridad a esta fecha a la cedente, declarando
INÉS CECILIA DELGADO NÚÑEZ haberlos recibido a entera y total satisfacción, sin tener
cargo ni reclamo alguno que formular por ningún concepto o motivo. Además, VIRGINIA
CECILIA GAMEZ ÁLVAREZ, vende, cede y transfiere el total de los derechos que posee en la
sociedad equivalentes al 20% del total del haber social a JUAN CARLOS ANABALÓN LUNA,
quién compra, acepta y adquiere para sí, los citados derechos, declarando recibirlos en este acto a
su entera y total satisfacción, derecho que la cedente declara no estar afectos a limitación de
dominio alguna. El precio de la referida cesión, es la suma de $1.000.000.-, que el cesionario ha
pagado con anterioridad a esta fecha a la cedente, declarando VIRGINIA CECILIA GAMEZ
ÁLVAREZ haberlos recibido a su entera y total satisfacción, sin tener cargo ni reclamo alguno
que formular por ningún concepto o motivo. Como consecuencia de cesiones referidas, ingresan
como socio, JUAN ENRIQUE TORRES BAHAMONDES, a quien le corresponde un 80% del
haber social; y JUAN CARLOS ANABALÓN LUNA, a quien le corresponde un 20% del haber
social y se retiran de la sociedad, VIRGINIA CECILIA GAMEZ ÁLVAREZ e INÉS CECILIA
DELGADO NÚÑEZ. Tanto la sociedad que se modifica con sus socios se hacen responsables
solidariamente impuestos pudiere adeudar sociedad primitiva o los socios que se retiran. Quedan
como únicos socios. Los socios aceptan y aprueban expresamente la cesión de los derechos
sociales referidos precedentemente, manifestando expresamente su voluntad en orden a estar de
acuerdo con ella y por consiguiente con el ingreso y el retiro de los socios. La sociedad
responderá de todos los impuestos que ella adeuda o pueda adeudar, aún en su constitución
primitiva y de los impuestos que, como resultado de sus operaciones adeuden o pudieren adeudar
personalmente sus socios, todo en virtud de lo dispuesto en el artículo 69 y siguientes del Código
Tributario. Los nuevos socios JUAN ENRIQUE TORRES BAHAMONDES y JUAN CARLOS
ANABALÓN LUNA por el presente instrumento modifican la administración de la sociedad,
reemplazando la cláusula Cuarta del pacto social por la siguiente: CUARTO: La administración
de sociedad, su representación y el uso de la razón social corresponderá a JUAN ENRIQUE
TORRES BAHAMONDES, quien anteponiendo su firma a la razón social la representará con las

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