Causa nº 32032/2014 (Otros). Resolución nº 268360 de Corte Suprema, Sala Tercera (Constitucional) de 22 de Diciembre de 2014
Fecha de Resolución | 22 de Diciembre de 2014 |
Movimiento | INADMISIBLE RECURSO DE QUEJA |
Rol de Ingreso | 32032/2014 |
Rol de Ingreso en Cortes de Apelación | 80204-2014 C.A. de Santiago |
Rol de Ingreso en Primer Instancia | -0-0 |
Emisor | Sala Tercera (Constitucional) |
Santiago, veintidós de diciembre de dos mil catorce.
Vistos y teniendo presente:
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales, el recurso de queja sólo procede cuando la falta o abuso se comete en sentencia interlocutoria que ponga fin al juicio o haga imposible su continuación, o en una definitiva, y que no sean susceptibles de recurso alguno.
Que en la especie se recurre contra la resolución de la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago que rechaza un recurso de reposición respecto de la decisión de inadmisibilidad de un recurso de protección.
Que la resolución que se pronuncia sobre un recurso de reposición no es de aquellas que permiten la interposición de un recurso de queja en su contra, puesto que no participa de la naturaleza de las señaladas en el primer acápite, toda vez que lo realmente discutido es la resolución anterior sobre la que se pronuncia la decisión que formalmente es impugnada por esta vía, circunstancia en la que es claro que respecto de aquella existe recurso, precisamente el de reposición que fuera desechado.
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 545 y 549 del Código Orgánico de Tribunales, se declara inadmisible el recurso de queja interpuesto en lo principal de la presentación de fojas 2.
Al primer otrosí, a sus antecedentes; al segundo otrosí, estése al mérito de lo resuelto; al tercer otrosí, téngase presente.
Acordado lo anterior con el voto en contra de la Ministro señora Egnem, quien fue del parecer de tramitar el presente recurso y pedir informe a los jueces recurridos.
Regístrese, comuníquese y archívese.
Rol N° 32.032-2014.
Proveído por la Tercera Sala...
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