SOCIEDAD DE PROFESIONALES ABOGADOS ANVE LIMITADA - 11 de Febrero de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 922700555

SOCIEDAD DE PROFESIONALES ABOGADOS ANVE LIMITADA

Fecha de publicación11 Febrero 2023
Número de registroCVE-2270490
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.475
CVE 2270490 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.475 | Sábado 11 de Febrero de 2023 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 2270490
EXTRACTO
R. ALFREDO MARTIN ILLANES, abogado, Notario Público Titular de la 15ª Notaría de
Santiago, con oficio en calle Mardoqueo Fernández N° 201, locales 101 y 102, Providencia,
certifico: que por escritura pública de 25 de enero de 2023, otorgada ante mí, don OSVALDO
RAUL ANDRADE LARA y don PABLO AGUSTIN VELOZO ALCAIDE, ambos domiciliados
en Avenida Kennedy Nº 4.700, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, constituyeron
sociedad de responsabilidad limitada al monto de sus respectivos aportes. Razón Social:
“SOCIEDAD DE PROFESIONALES ABOGADOS ANVE LIMITADA”, nombre de fantasía
ANVE LTDA. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las sucursales, representaciones o agencias
que establezca en el país o en el extranjero. Duración: 5 años contados fecha escritura extractada,
plazo se renovará tácita y sucesivamente por plazos iguales de 5 años cada uno si ninguno de los
socios manifiesta su voluntad de ponerle término, la que deberá contenerse y manifestarse por
escritura pública por lo menos con tres meses de anticipación a la fecha en que corresponde el
vencimiento del plazo de su vigencia, anotándose al margen de la inscripción social en el
Registro de Comercio. Objeto: a) La prestación de todo tipo de servicios de asesoría jurídica y de
todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de Abogado, así como,
representación judicial, asesorías profesionales en áreas comerciales y relacionadas con la
empresas y personas naturales; b) efectuar inversiones de cualquier tipo, especialmente constituir
toda clase de sociedades para tal efecto, cualquiera que sea su objeto social; c) la representación,
en Chile, de agencias o filiales de empresas extranjeras, como cualquiera otra comisión o
mandato mercantil; y, asimismo, el desempeño de agencias o representaciones, en el exterior, de
empresas o mandantes chilenos; d) el corretaje y la intermediación de propiedades, la compra y
venta de inmuebles, estén o no edificados; la promoción de negocios; inversiones, construcciones
y planes habitacionales y asesoría en los mismos; la administración y arrendamiento, por cuenta
propia y ajena, de bienes raíces, finalmente, realizar toda clase de actividades, negocios y
operaciones, que de manera directa, o indirecta, se relaciones con las referidas finalidades, sin
limitaciones de ninguna especie. Capital: $2.000.000: enterado de la siguiente forma: a) don
OSVALDO RAUL ANDRADE LARA se obliga a aportar la suma de $1.000.000, suma que
paga y entera al contado en este acto en la caja social, por lo cual, su aporte se encuentra
totalmente pagado; b) Don PABLO AGUSTIN VELOZO ALCAIDE se obliga a aportar la suma
de $1.000.000 , suma que paga y entera al contado en este acto en la caja social, por lo cual, su
aporte se encuentra totalmente pagado. En virtud de los aportes efectuados por los socios, le
corresponde a cada uno los siguientes derechos en el capital social: a) Don OSVALDO RAUL
ANDRADE LARA tendrá una participación correspondiente al 50% del capital social; b) Don
PABLO AGUSTIN VELOZO ALCAIDE, tendrá una participación correspondiente al 50% del
capital social. La administración y el uso de la razón social corresponderá a don OSVALDO
RAUL ANDRADE LARA y a don PABLO AGUSTIN VELOZO ALCAIDE, quienes de manera
conjunta o separada y indistintamente anteponiendo sus firmas a la razón social, la representará
con las más amplias facultades contenidas en pacto social. Demás estipulaciones constan en
escritura extractada. Santiago, 6 de febrero de 2023.

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