SOCIEDAD PROFESIONAL TERAN ARQUITECTOS LIMITADA - 6 de Abril de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 927933863

SOCIEDAD PROFESIONAL TERAN ARQUITECTOS LIMITADA

Fecha de publicación06 Abril 2023
Número de registroCVE-2296811
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.521
CVE 2296811 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.521 | Jueves 6 de Abril de 2023 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 2296811
EXTRACTO
LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, abogado, Notario Público, Titular de la Octava
Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos novecientos cuarenta y uno, oficina trescientos dos,
Comuna y ciudad de Santiago, certifico: Por Escritura Pública de fecha 17/03/2023, Repertorio
3898/2023, ante mi, don MARIO RICARDO TERAN PARDO, domiciliado en Las Nieves Nº
3313 Depto. 301, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; y don DIEGO TERAN MERINO,
domiciliado en Suecia Nº 1411 Depto. 11, comuna de Providencia, Región Metropolitana,
acordaron constituir una Sociedad de Responsabilidad Limitada, cuyos estatutos extractados, son
los siguientes: Razón Social: SOCIEDAD PROFESIONAL TERAN ARQUITECTOS
LIMITADA pudiendo usar para efectos legales, fines publicitarios y actuar inclusive ante
bancos, instituciones financieras o cualesquier organismo público o privado, sigla comercial o
nombre de fantasía TERAN ARQUITECTOS LTDA. Domicilio: El domicilio de la sociedad es
la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pudieren establecerse en
otros puntos del país o del extranjero. Objeto: El objeto de esta sociedad es la prestación de
servicios profesionales, asesorías y consultorías en todas las áreas de la arquitectura, diseño y
urbanismo, tales como: A) Evaluación, planificación, estudio de factibilidad, diseño, ejecución
de proyectos, construcciones, decoraciones y alhajamientos, eficiencia energética, paisajismo. B)
Estudios y realización de factibilidad de proyectos, de desarrollos urbanísticos, planificación y
diseño urbano, desarrollos inmobiliarios, proyectos de construcción, diseño industrial. C)
Consultorías de participación ciudadana, investigación y desarrollo de talleres y actividades
académicas. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y
celebrar todos los contratos necesarios para la prestación de los servicios señalados. Duración:
La sociedad empezará a regir a contar de esta fecha, y tendrá una duración de veinte años, plazo
renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales de cinco años cada uno, si ninguno de los
socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso,
mediante declaración efectuada por escritura pública, de la que deberá tomarse nota al margen de
la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, con una anticipación de a lo menos seis
meses a la fecha que expire el plazo inicial o cualquiera de sus prórrogas. Capital Social: El
capital social asciende a la suma de 1.000.000 de pesos, que los socios aportan de la siguiente
manera: a) don MARIO RICARDO TERAN PARDO, aporta la suma de $500.000-.,
correspondientes al 50 por ciento de los derechos sociales, los cuales paga en este acto, al
contado y en dinero en efectivo, ingresando a las arcas sociales; y b) don DIEGO TERÁN
MERINO, aporta la suma de aporta la suma de $500.000, correspondientes al 50 por ciento de
los derechos sociales, los cuales paga en este acto, al contado y en dinero en efectivo, ingresando
a las arcas sociales. Responsabilidad Socios: Queda limitada a sus respectivos aportes
Administración: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a don
MARIO RICARDO TERAN PARDO y a don DIEGO TERÁN MERINO, quienes la ejercerán
actuando separada e indistinta o conjuntamente, en forma personal. Demás estipulaciones
constan escritura extractada.

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