SOCIEDAD DE PRESTACIONES MEDICAS CORDOVA LIMITADA 76.560.610-1 - 16 de Septiembre de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 943078354

SOCIEDAD DE PRESTACIONES MEDICAS CORDOVA LIMITADA 76.560.610-1

Número de registroCVE-2378991
Fecha de publicación16 Septiembre 2023
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.655
CVE 2378991 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.655 | Sábado 16 de Septiembre de 2023 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 2378991
EXTRACTO
SERGIO DANIEL ULLOA OJEDA, Notario Público Suplente, 49º Notaría Santiago,
Amunategui 73, certifico: Que, por escritura pública de fecha 13-09-2023, ante el Titular
WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ; doña GUILIANA CORDOVA LAZO por sí
y en representación de don MARCO ANTONIO ZUÑIGA DÍAZ; doña MARÍA IGNACIA
NUÑEZ AGUAYO; doña DANIELA ALEJANDRA NUÑEZ AGUAYO; don RODRIGO
ELEAZAR ZUÑIGA CORDOVA y don SERGIO ENRIQUE FIGUEROA MORRI, todos
domiciliados en calle Carmencita número doscientos cuarenta y seis departamento setenta y dos,
comuna de Las Condes, modificaron la “SOCIEDAD DE PRESTACIONES MEDICAS
CORDOVA LIMITADA”, constituida mediante escritura pública de fecha 08/05/2006, otorgada
en la Notaría de Santiago de don Alberto Mozo Aguilar, un extracto de dicha constitución fue
inscrita a fojas 21333 Nº 14747, Registro Comercio Santiago de fecha 01/06/2006 y publicado en
el Diario Oficial de fecha 13/06/2006.- Modificada mediante escritura pública de fecha
08/09/2014, otorgada en la Notaría de Santiago de don Gastón Iván Santibáñez Soto, un extracto
de dicha modificación fue inscrita a fojas 70184 Nº 42808, Registro Comercio Santiago de fecha
16/09/2014 y publicado en el Diario Oficial de fecha 12/09/2014.- Modificada nuevamente
mediante escritura pública de fecha 22/12/2016, otorgada en la Notaría de Santiago de don
Andrés Felipe Rieutord Alvarado, un extracto de dicha modificación fue inscrita a fojas 99657
Nº 55303, Registro Comercio Santiago de fecha 30/12/2016 y publicado en el Diario Oficial de
fecha 31/12/2016.- Modificaciones: A) MARCO ANTONIO ZUÑIGA DÍAZ vende el 5% de los
derechos de la sociedad a la socia GUILIANA CORDOVA LAZO, en $850.000 pagados al
contado y en dinero en efectivo.- B) MARCO ANTONIO ZUÑIGA DÍAZ vende el 15% de los
derechos de la sociedad al socio que ingresa RODRIGO ELEAZAR ZUÑIGA CORDOVA, en
$2.500.000 pagados al contado y en dinero en efectivo.- C) MARÍA IGNACIA NUÑEZ
AGUAYO vende el 15% de los derechos de la sociedad al socio que ingresa RODRIGO
ELEAZAR ZUÑIGA CORDOVA, en $2.500.000 pagados al contado y en dinero en efectivo.-
D) MARÍA IGNACIA NUÑEZ AGUAYO vende el 5% de los derechos de la sociedad al socio
que ingresa SERGIO ENRIQUE FIGUEROA MORRI, en $850.000 pagados al contado y en
dinero en efectivo.- E) DANIELA ALEJANDRA NUÑEZ AGUAYO vende el 25% de los
derechos de la sociedad al socio que ingresa SERGIO ENRIQUE FIGUEROA MORRI, en
$4.250.000 pagados al contado y en dinero en efectivo.- Como consecuencia de las cesiones
precedentes quedan como únicos y actuales socios: GUILIANA CORDOVA LAZO dueña de un
40,00% de los derechos sociales; RODRIGO ELEAZAR ZUÑIGA CORDOVA dueño de un
30,00% de los derechos sociales y SERGIO ENRIQUE FIGUEROA MORRI dueño de un 30%
de los derechos sociales.- Únicos y actuales socios modifican el artículo Sexto: Capital:
$500.000.- que se encuentra íntegramente aportado y enterado en dinero efectivo de la siguiente
manera: GUILIANA CORDOVA LAZO aportó $200.000 pesos lo que corresponde a un 40%
por ciento de los derechos y capital social; RODRIGO ELEAZAR ZUÑIGA CORDOVA aportó
$150.000 pesos, lo que corresponde a un 30% por ciento de los derechos y capital social y
SERGIO ENRIQUE FIGUEROA MORRI aportó $150.000 pesos, lo que corresponde a un 30%
por ciento de los derechos y capital social.- En lo no modificado rigen cláusulas pacto original.-
Demás estipulaciones, escritura.- Santiago, 14 de Septiembre de 2023.-

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