SOCIEDAD PIZARRO E HIJO LIMITADA 76.268.476-4 - 5 de Mayo de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 902853671

SOCIEDAD PIZARRO E HIJO LIMITADA 76.268.476-4

Fecha de publicación05 Mayo 2022
Número de registroCVE-2123737
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.245
CVE 2123737 |Director Interino: Jaime Sepúlveda O.
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.245 | Jueves 5 de Mayo de 2022 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 2123737
EXTRACTO
Ricardo Olivares Pizarro, Notario Público Titular Segunda Notaria de Vallenar, con
domicilio en Prat 960 Local 14 certifica: Por escritura pública de fecha 31 de marzo de 2022
repertorio 336 ante mí, don GARY ORLANDO PIZARRO PASTEN, C.I. N°6.453.179-4,
domiciliado en Sector Media Luna, Sitio 4, comuna de Vallenar; y GARY IGNACIO PIZARRO
FLORES, C.I. N°17.866.470-0, domiciliado en calle Viana n°433, Dpto 602, Piso 6, Edificio
Viña Park, comuna de Viña del Mar, modificaron la Sociedad Comercial de Responsabilidad
Limitada “SOCIEDAD PIZARRO E HIJO LIMITADA”, RUT N°76.268.476-4, constituida con
fecha 23 de enero de 2013 otorgada en este oficio e inscrita en el Registro de Comercio del
Conservador de Comercio de Vallenar, a fojas 19 N°18 correspondiente al año 2013, se publicó
en el Diario Oficial de la República de Chile, en su edición de fecha 4 de enero de 2013, en los
términos siguientes: Socio GARY ORLANDO PIZARRO PASTEN vende, cede y transfiere, a
GARY IGNACIO PIZARRO FLORES, el 85% de los derechos sociales que tiene en la sociedad,
a título de compraventa, quien adquiere y acepta para sí. El precio de la cesión es la suma de la
suma de $49.000.000.- los cuales se pagaron al contado, a entera satisfacción del cedente. Como
consecuencia de la cesión de derechos, los socios han quedado con las participaciones sociales:
a) GARY ORLANDO PIZARRO PASTEN, un 2% de participación o derechos sociales; b)
GARY IGNACIO PIZARRO FLORES un 98% de participación o derechos sociales. Los socios
vienen a modificar los Estatutos Sociales, en los siguientes términos: A) se reemplaza
íntegramente la cláusula quinta por la siguiente: “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma
de $50.000.000, que los socios han aportado e ingresado a la caja social de la siguiente forma:
Uno) don GARY ORLANDO PIZARRO PASTEN, ha aportado y pagado con anterioridad a esta
fecha la suma de un $1.000.000, esto es, un 2% del capital social de la sociedad y; dos) don
GARY IGNACIO PIZARRO FLORES ha aportado y pagado con anterioridad a esta fecha la
suma de $49.000.000, esto es, un 98% del capital social de la sociedad”. B) Se complementa los
estatutos sociales agregando la siguiente clausula: “CUARTO – A: Como administración de la
sociedad y uso de la razón social, don GARY ORLANDO PIZARRO PASTEN, se faculta
especialmente para constituir usufructos y/o derechos reales de uso y habitación vitalicios a su
favor, dar en arriendo, que sean de propiedad de la sociedad, como a su vez resolver, resciliar y/o
retrotraer la participación de los socios de la sociedad al grado participación original de la
sociedad, a través de toda clase de actos o contratos que sean necesarios para realizar su
desempeño. Para el caso de que se incumpla esta cláusula por parte del otro socio o sus
herederos, don Gary Orlando Pizarro Pasten, tendrá el derecho a una compensación económica
por la suma de treinta mil unidades de fomento”. C) se reemplaza íntegramente la cláusula
decima primera por la siguiente: “DÉCIMO PRIMERO: En caso de fallecimiento del socio con
mayor participación social, la sociedad continuará con los herederos del causante y el socio
sobreviviente, debiendo nombrar los herederos un mandatario para que los represente, dicho
mandatario no tendrá facultades administrativas ni podrá usar la razón social, en este caso la
sociedad tendrá duración hasta el fallecimiento del socio sobreviviente; si fuese el caso que quien
fallezca sea el socio Gary Orlando Pizarro Pasten, se disolverá la sociedad”. Demás
estipulaciones constan en escritura extractada. Vallenar 03 de mayo de 2022.

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