SOCIEDAD MUÑOZ Y HENRÍQUEZ LIMITADA - 13 de Septiembre de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 875631704

SOCIEDAD MUÑOZ Y HENRÍQUEZ LIMITADA

Fecha de publicación13 Septiembre 2021
Número de registroCVE-2009699
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.053
CVE 2009699 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.053 | Lunes 13 de Septiembre de 2021 | Página 1 de 2
Empresas y Cooperativas
CVE 2009699
EXTRACTO
GASTÓN ARIEL SANTIBÁÑEZ TORRES, Notario Público y Conservador de Minas de
Talcahuano Titular de Talcahuano, con oficio en Avenida Jorge Alessandri N° 3177, Local G
103, Boulevard Mall Plaza del Trébol, CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 09 de
Septiembre de 2021, ante mí; don SEBASTIÁN ENRIQUE MUÑOZ LEIVA, chileno, casado en
régimen de separación total de bienes, Médico Cirujano con especialidad en Anestesiología,
cédula nacional de identidad N° 15.761.653-6, y doña GABRIELA ALEJANDRA HENRÍQUEZ
HERNÁNDEZ, chilena, casada en régimen de separación total de bienes, Tecnóloga Medica,
cédula nacional de identidad N° 16.333.854-8, ambos domiciliados en calle Bergantín Águila N°
1, de la comuna y ciudad de Talcahuano; constituyeron una sociedad comercial de
responsabilidad limitada.- RAZÓN SOCIAL: SOCIEDAD MUÑOZ Y HENRÍQUEZ
LIMITADA, pudiendo además actuar la sociedad con el nombre de fantasía de “MAGMED
LTDA.”, ante Bancos e Instituciones Financieras, Servicio de Impuestos Internos, Tesorería y
cualquier organismo público o privado.- OBJETO SOCIAL: El objeto de la Sociedad será: a) La
prestación de servicios profesionales en diversas especialidades de la Medicina, y en el área de la
salud en general en su más amplio sentido y alcance, principalmente toda actividad relacionada
con la Medicina General, Cirugía, Cardiología, Tecnología Médica y en todas y cada una de las
especialidades relacionadas, considerando diagnóstico, análisis, exámenes, procedimientos
terapéuticos y de laboratorio, cirugías, y cualquier otro aspecto que se relacione con el área de la
salud, en forma directa o a través de convenios con particulares o beneficiarios del Fondo
Nacional de Salud o Institucionales de Salud Previsional, servicios de bienestar de orden público
de organismos públicos, municipales o privados, fiscales o semifiscales; pudiendo participar
activamente en los concursos y licitaciones públicas o privadas que requieran los servicios
profesionales ya descritos; b) Establecer Consultas Médicas, Centros Médicos, de Diagnóstico y
Tratamiento, exploración médica y terapéutica, procedimientos de estudio y toda actividad afín
que se acuerde en lo sucesivo; c) La adquisición, enajenación, arrendamiento, subarrendamiento
u otras formas de explotación de toda clase de bienes, especialmente de bienes inmuebles, sean
estos predios rústicos o urbanos, parcelar, subdividir, lotear, urbanizar y construir en ellos por
cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma a fin de
obtener su rentabilidad; d) Compra, venta, importación y exportación, arrendamiento, leasing,
subarrendamiento de todo tipo de instrumentos, implementos, insumos y equipos médicos en
general, y mobiliario para realizar consultas médicas, toma de exámenes y diagnóstico,
tratamientos o rehabilitaciones; explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma de
obtener su rentabilidad; e) La obtención de rentas y frutos provenientes de toda clase de
inversiones, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, letras de cambio,
pagarés, letras de crédito, certificados de depósitos, documentos negociables, valores
inmobiliarios y todo efectos de comercio; títulos de crédito, instrumentos financieros y, en
general, toda clase de títulos o valores, pudiendo concurrir o participar en la formación o ingresar
en toda clase de personas, de capitales, comunidades, asociaciones y cuentas en participación; f)
Otorgar asistencia técnica y profesional en el área de la salud; y f) En general, realizar actos de
comercio relacionados, directa o indirectamente, con los mencionados objetos, y todo otro
negocio o actividad que acordaren los socios.- ADMINISTRACIÓN: La administración,
representación y el uso de la razón social corresponderá a don SEBASTIÁN ENRIQUE
MUÑOZ LEIVA y doña GABRIELA ALEJANDRA HENRÍQUEZ HERNÁNDEZ, quienes
podrán actuar conjunta, separada e indistintamente y anteponiendo a su firma la razón social,
obligarán y representarán a la sociedad en los términos estipulados en el pacto social.- CAPITAL
SOCIAL: El capital social será la suma de $500.000.-, los que serán aportados por los socios, de
la siguiente manera: a) don SEBASTIÁN ENRIQUE MUÑOZ LEIVA, aporta la suma de
$425.000.-, al contado, en dinero efectivo, ingresado en caja social en este acto,
correspondiéndole, por tanto, el 85% de los haberes y derechos sociales; b) doña GABRIELA

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