SOCIEDAD DE INVERSIONES ORLANDO CANTUARIAS Y COMPAÑÍA 77.058.890-1 - 21 de Marzo de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 899422297

SOCIEDAD DE INVERSIONES ORLANDO CANTUARIAS Y COMPAÑÍA 77.058.890-1

Fecha de publicación21 Marzo 2022
Número de registroCVE-2102407
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.208
CVE 2102407 |Director Interino: Jaime Sepúlveda O.
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.208 | Lunes 21 de Marzo de 2022 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 2102407
EXTRACTO
JUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA, Notario Público Titular de Los Ángeles,
Caupolicán 355, Los Ángeles, certifico: Que, por escritura pública Repertorio 1323-2022, hoy
ante mi; doña MARÍA MERCEDES DEL CARMEN COSTA RIVERS, chilena, viuda, dueña de
casa, cédula de identidad número dos millones novecientos dos mil novecientos ochenta y cinco
guion siete, domiciliada en camino a Antuco kilometro uno coma nueve condominio Las Encinas
casa dos, comuna de Los Angeles, Region del Bio Bio y don RODRIGO ORLANDO
CANTUARIAS COSTA, chileno, divorciado, Abogado, domiciliado en camino a Antuco
kilometro uno coma nueve condominio Las Encinas casa dos, comuna de Los Angeles, Region
del Bio Bio, cédula de identidad número nueve millones cuatrocientos ochenta y siete mil
seiscientos nueve guion cinco, quien comparece por sí y a nombre y en representación de doña
MARÍA CRISTINA MARCHANT CANTUARIAS, chilena, casada y separada totalmente de
bienes, ingeniero civil, cédula de identidad número seis millones cuatrocientos cuarenta y ocho
mil doscientos once guion cuatro, domiciliada en calle Aguas Claras número novecientos treinta,
casa tres, de la comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; todos los comparecientes
mayores de edad y que acreditan su identidad con sus respectivas cédulas y exponen:
CLÁUSULA PRIMERA: Antecedentes de la sociedad que se modifica. A) Constitución de la
sociedad y modificaciones. Por escritura pública de fecha doce de septiembre de mil novecientos
noventa y siete, Repertorio mil setecientos treinta y tres de mil novecientos noventa y siete,
otorgada en la Notaría de Santiago de don Osvaldo Pereira González, don GUSTAVO
ORLANDO OCTAVIANO CANTUARIAS ZEPEDA, chileno, casado de separado totalmente
de bienes, abogado, cédula de identidad número dos millones ochocientos cincuenta y nueve mil
seiscientos ochenta y seis guion tres, y la compareciente doña MARÍA CRISTINA
MARCHANT CANTUARIAS, ya individualizada, constituyeron sociedad colectiva comercial
de inversiones cuya razón social es SOCIEDAD DE INVERSIONES ORLANDO
CANTUARIAS Y COMPAÑÍA. RUT. N° 77.058.890-1.- CLÁUSULA SEGUNDA:
Modificación de estatutos. A fin de dar continuidad a las operaciones de la sociedad, los actuales
y únicos socios de SOCIEDAD DE INVERSIONES ORLANDO CANTUARIAS Y
COMPAÑÍA vienen en modificar el pacto social de la compañía, adoptando al efecto los
siguientes acuerdos: UNO.- Sustituir el párrafo segundo de la cláusula Cuarta del pacto social
relativo a la enumeración no limitativa de las facultades de administración, sustituyendo o
reemplazando su letra b) por otra nueva del siguiente tenor: “b) Gravar con hipotecas bienes
raíces o derechos inmuebles de la sociedad para garantizar obligaciones tanto de la sociedad
como de terceros, pudiendo constituir la o las garantías hipotecarias, sustituirlas, posponerlas,
alzarlas y cancelarlas”; DOS.- Sustituir el párrafo segundo de la cláusula Cuarta del pacto social
relativo a la enumeración no limitativa de las facultades de administración, sustituyendo o
reemplazando su letra p) por otra nueva del siguiente tenor: “p) En general, ejecutar y acordar
todos los actos, convenios y contratos que fueren necesarios para el cumplimiento del objeto de
esta sociedad, teniendo en todos los casos y actos que realice, facultades expresas para
autocontratar”. Capital: $100.000.000.- TRES.- En todo aquello que no se modifica por el
presente instrumento, quedan vigentes las demás estipulaciones del pacto social. Demás
estipulaciones constan en escritura extractada. Los Ángeles 16 de Marzo de 2022.-

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