SOCIEDAD DE INVERSIONES DE MIRANDA SpA 77.916.160-9 - 6 de Junio de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 905961992

SOCIEDAD DE INVERSIONES DE MIRANDA SpA 77.916.160-9

Fecha de publicación06 Junio 2022
Número de registroCVE-2139449
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.271
CVE 2139449 |Director Interino: Jaime Sepúlveda O.
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.271 | Lunes 6 de Junio de 2022 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 2139449
EXTRACTO
NICOLAS ARRIETA CONCHA, Notario Público Titular, Sexta Notaría Antofagasta, con
domicilio en calle Prat N° 470, local 3, interior, certifica: que por escritura hoy, ante mí, JUAN
CARLOS BUSTOS ESPINOSA, abogado, Washington 2562, oficina 306, Antofagasta, en
representación de JUAN CARLOS MIRANDA ARÁNGUIZ, factor de comercio y de FRESIA
DEL CARMEN MORENO VILLAFAÑA, empresaria, ambos domiciliados 14 de Febrero 1822,
local 16, esta ciudad, rectificó escritura pública de transformación y división de la firma
SOCIEDAD DE INVERSIONES DE MIRANDA LIMITADA, Rut Nº 77.916.160-9, constituida
escritura pública 14 marzo 2003 notaría Antofagasta de doña María Soledad Santos Muñoz,
extracto inscrito 24 marzo 2003 a fojas 231 vuelta, Nº 163, en Registro Comercio del
Conservador de Comercio de Antofagasta y se publicó Diario Oficial edición 2 abril mismo año,
otorgada el 18 de marzo de 2022 misma notaría, que en extracto se inscribió el 24 marzo 2022 a
fojas 253, Nº 173, en Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Antofagasta y se
público en el Diario Oficial de edición 24 de marzo mismo año, en lo específico, estatutos de
sociedad transformada SOCIEDAD DE INVERSIONES DE MIRANDA SpA, en los siguientes
sentidos: 1) se sustituyó letra h) de la cláusula tercera del estatuto de la sociedad dividida por la
que se expresa a continuación: “h) una utilidad provisoria del periodo de una suma de nueve
millones ciento ochenta y tres mil ochocientos cuarenta y tres pesos. Producto de la división la
sociedad disminuirá su patrimonio en cuatrocientos setenta y tres millones novecientos noventa y
tres mil ochocientos cincuenta y cinco pesos, cantidad que se asignará a la nueva firma
INVERSIONES SANTA MARÍA DEL NORTE SpA. La sociedad mantendrá el nombre y
número de Rol Único Tributario, y modificará su objeto social, adecuándolo al giro exclusivo de
inversiones, y producto de la disminución tendrá un capital social de dos millones cuatrocientos
veintisiete mil seiscientos pesos, dividido en dos mil cuatrocientos veintiocho acciones
nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. Los accionistas expresan que para todos los
efectos derivados o accesorios a los acuerdos de deciden por este instrumento, así como para la
valoración de los bienes, derechos y obligaciones que integran el patrimonio social y que se
asignan a la sociedad por acciones que nace de la división, entre otros, las partes convienen en
aprobar el balance elaborado por el auditor don Patricio Sandoval Del Canto al día treinta y uno
de diciembre de dos mil veintiuno, que determina el patrimonio contable financiero, el que se
deberá protocolizar ante el mismo Notario Público que autoriza esta escritura pública bajo el
mismo número de Repertorio. También expresan que la sociedad inmobiliaria que nace de esta
división podrá mantener en forma separada el valor tributario de los activos que se les asignan
con la finalidad de considerarlos por ese valor para el cumplimiento de las obligaciones
tributarias que les afecten”; y 2) se reemplazó el artículo quinto de los estatutos de la sociedad
dividida por la siguiente: “ARTICULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de dos
millones cuatrocientos veintisiete mil seiscientos pesos, dividido en dos mil cuatrocientos
veintiocho acciones nominativas, sin valor nominal, que se suscriben y pagan en la forma que se
establece en el artículo primero transitorio de estos estatutos. Las acciones de la sociedad serán
emitidas sin imprimir láminas físicas de dichos títulos”. Demás estipulaciones constan en
escritura extractada. Antofagasta, 31 de mayo de 2022.

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